EKIN.-Las defensas alegan que Garzón sometió la instrucción a "dilaciones indebidas" y apuntan recurrir al TDHE

Niegan que KAS asistiese a los etarras huidos en Cuba y justifican los viajes a la isla para vender bacalao

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 21 abril 2009 16:35

MADRID, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

Las defensas de los 47 condenados por la Audiencia Nacional en el macroproceso EKIN-KAS-XAKI censuraron hoy ante el Tribunal Supremo el modo en el que juez Baltasar Garzón llevó a cabo la instrucción del sumario y denunciaron que el magistrado sometió la causa a "indebidas dilaciones" que, según advirtieron, podrían tener consecuencias de cara a un posible recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH).

"En caso de que se dictase una sentencia condenatoria, como se podría explicar ante los tribunales europeos una causa que comenzó a investigarse en 1989, que no se juzgó hasta 2007 y que en 2009 aun no hay una sentencia firme, como se podrá explicar que no se han practicado dilaciones indebidas", advirtió uno de los ocho abogados de la defensa, Kepa Landa.

Las supuestas dilaciones indebidas en las que incurrió la instrucción del juez Garzón es uno de los argumentos centrales defendidos por esta parte, ya que considera que provocó la vulneración del derecho de sus representados a un proceso con todas las garantías.

Ya en la primera sesión de ayer, la letrada Jone Goirizelaia denunció que "se han dado periodos de hasta tres años en los que no se produjo ninguna acción procesal pese a que la Audiencia Nacional diga que como mucho fueron cuatro meses".

La abogada 'abertzale', quien pidió aplicar una atenuante a las condenas por este motivo, reprochó que la sentencia de la Audiencia Nacional apelase a la dificultad para instruir la causa "cuando, en realidad, no fue hasta después de las detenciones cuando comenzaron los periodos de inactividad".

El tribunal, presidido por el magistrado Juan Saavedra y completado por los magistrados José Manuel Maza, Miguel Colmenero y Andrés Martínez Arrieta, revisa, en sesiones de mañana y tarde, las condenas contra 47 de los 52 acusados en aquel macroproceso por delitos relacionados con el terrorismo.

Se trata de analizar, en vista pública, los recursos de casación presentados por los acusados y también la postura de la Fiscalía, que apoya una rebaja general de penas. En concreto, el Ministerio Público, que intervendrá mañana, respalda parcialmente los argumentos de 33 de los condenados al entender que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional llevó al extremo máximo la pena por un delito de integración dentro de la consideración por delitos de terrorismo. En ese sentido, plantea rebajas de entre el 20 y el 30 por ciento.

En su exposición, Landa también negó que los miembros de KAS a los que representa colaborasen con la financiación de terroristas de ETA huidos a Cuba. Se refirió al caso concreto de Juan Pablo Diéguez, condenado a 11 años de cárcel por desempeñar las funciones de administrador de GADUSMAR S.L., empresa destinada a sostener económicamente a los miembros de ETA huidos y afincados en Cuba, según la Audiencia Nacional.

VENTA DE BACALAO

La sentencia de instancia atribuía a Diéguez varios viajes a la isla en la década de los 90, donde estableció contactos con al menos dos miembros de ETA a los que nombró apoderados de GADUSMAR S.L por lo que cobraron un sueldo mensual de la citada empresa. Sin embargo, Landa justificó hoy que su cliente viajaba a Cuba con el objeto de participar "en ferias de preparación de bacalao".

En ese sentido, negó la pertenencia a ETA de Diéguez sobre el que además aseguró que desconocía la militancia en ETA de las dos personas a las que contrató para su empresa.

Landa también hizo alusión a la situación de José Antonio Díaz Urrutia, alias 'Andoni', empleado de la Caja Laboral Popular y condenado a 11 años por la Audiencia Nacional. La sentencia también le atribuye los contactos con los dos terroristas en Cuba, pero el abogado defendió que "era el encargado de la faceta culinaria, de la venta del bacalao, no participaba en la actividad de una banda terrorista".

Por su parte, los letrados insistieron en diversas fases de la sesión en defender que "Xaki no tiene relación alguna con la banda terrorista". En su exposición, Goirizelaia recordó un auto del propio Tribunal Supremo de mayo del año 2000 en el que se aseguraba que Xaki - considerado como aparato internacional de ETA-- no era parte de la banda terrorista. "Ustedes dijeron que ser de Xaki no era delito y que había que acreditar que tenía relación directa con ETA por medio de sus fines y medios directos", recordó.

Por su parte, Landa reivindicó que "colaborar o prestar un servicio a la banda terrorista en una empresa menor no significa formar parte de la banda en grado dirigente, habrá que matizar". ¿"Xaki no tiene relación alguna con la banda terrorista". "¿Cómo se puede condenar por pertenencia máxima de integración por terrorismo a estas personas, con que se condenaría entonces a un miembro de un comando de ETA?", se preguntó.

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