Archivo - Una mujer elige su papeleta electoral para ejercer su derecho a voto en el colegio San Agustín, a 4 de mayo de 2021, en Madrid (España) - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
MADRID, 18 May. (EUROPA PRESS) -
Se acercan las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo y vuelven las clásicas preguntas sobre las mesas electorales. Aquí están las repuestas a algunas de las más habituales, según Google Trends, la herramienta de Google que muestra las búsquedas más populares de la plataforma.
1. ¿Cómo saber si me ha tocado estar en una mesa electoral?
Los ayuntamientos son los encargados de sortear quién integrará las mesas electorales, así como sus suplentes. Envían las notificaciones a los miembros de las mesas electorales en un plazo de tres días desde el sorteo, sin que una tardanza superior justifique el no acudir a la mesa.
2. ¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral?
Los miembros de las mesas electorales cobran 70 euros. Sólo se opta a esta dieta si se ejerce como miembro de mesa electoral, si uno es convocado como suplente y finalmente no se tiene que quedar en el colegio electoral no la tendrá.
3. ¿Cuánto cobra el presidente de una mesa electoral?
Un total de 70 euros. La dieta es la misma para todos los miembros de la mesa.
4. ¿Si eres suplente en una mesa electoral tienes que ir?
Sí, uno debe acudir al colegio electoral donde haya sido convocado a las 08:00 el día 28 de mayo. Los cargos son obligatorios, también los suplentes.
5. ¿Qué ocurre si estás convocado a una mesa electoral y no vas?
No acudir a una mesa electoral sin causa justificada está penado con de tres meses a un año de prisión o a una multa de seis a 24 meses.
Repasa cuáles son las causas justificadas a través de este enlace.
6. ¿Y si no recoges la notificación que te indica que eres miembro de mesa?
La notificación se envía con acuse de recibo: los repartidores la tienen que entregar en mano. Si el convocado no está en casa, le dejan una notificación indicándole que tiene que acudir a Correos. El hecho de no recoger la notificación no está recogido en la lista de causas justificadas para no presentarse en el colegio electoral.
7. ¿Qué pasa si estás convocado a una mesa electoral pero el 28M trabajas?
Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los funcionarios tienen derecho a un permiso retribuido de la jornada completa si forman parte de una mesa electoral y el 28 de mayo es para ellos un día laborable.
8. Si te toca estar en una mesa electoral, ¿al día siguiente trabajas?
Sin importar si el 28 de mayo es laborable o no para los miembros de la mesa electoral, el día siguiente --lunes 29-- tienen derecho a una reducción de jornada de cinco horas (también cuando el trabajador en cuestión hace el turno de la madrugada del domingo al lunes).