ETA.- La Audiencia Nacional condena a Vicario Setién a ocho años de prisión por una bomba-trampa que no llegó a explotar

Actualizado: jueves, 23 noviembre 2006 19:52

Además, impone tres años de cárcel a Asier Mardones, frente a los 18 que pedía el fiscal, por atentar contra una empresa de transportes

MADRID, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al integrante de ETA Gregorio Vicario Setién a una pena de ocho años de prisión por la colocación en Barcelona en diciembre de 1993 de un artefacto preparado para estallar cuando fuese desactivado por agentes policiales y que por error no llegó a explotar.

Por otra parte, este mismo tribunal ha impuesto al miembro de ETA Asier Mardones una pena de tres años de prisión, frente a los 18 años que solicitaba la Fiscalía, por atentar contra una empresa de transportes de la localidad de Bedia (Vizcaya) en julio de 2003, que produjo daños en los vehículos de la compañía y en algunos inmuebles cercanos.

En la sentencia contra Vicario Setién, hecha pública hoy, el tribunal le ha condenado a esta pena por un delito de atentado contra miembro de las Fuerzas Armadas en grado de tentativa. La resolución considera probado que Vicario Setién y sus compañeros del "comando Barcelona", ya condenados por estos hechos, sustrajeron un vehículo y le cambiaron la matrícula para después dirigirse al domicilio de un militar que vivía en la Ciudad Condal, contra el que querían atentar.

Como no lo encontraron, volvieron al día siguiente y tampoco dieron con él. Los etarras pensaron que el militar se encontraba de vacaciones y, "ante el temor de ser descubiertos", se deshicieron del vehículo en un aparcamiento junto a la montaña de Montjuic, dejándolo cargado con ocho kilos de explosivos "para que pudiese causar muertes y heridas a los funcionarios policiales que lo descubriesen". Por un fallo en el mecanismo de explosión, la bomba no llegó a explotar cuando los policías la desactivaron.

El tribunal le ha condenado basándose en las declaraciones inculpatorias de sus compañeros de "comando" y de varios agentes policiales. "Frente a tal prueba incriminatoria", destaca la sentencia, "el acusado mantuvo su negativa a declarar" salvo para reconocerse miembro de ETA.

ATENTADO CONTRA TRANSPORTES

Por otro lado, la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional también ha condenado al integrante de ETA Asier Mardones a una pena de tres años de prisión por un delito de daños terroristas por el atentado cometido en julio de 2003 contra una empresa de transportes de la localidad de Bedia (Vizcaya), que produjo daños a sus vehículos y a algunos edificios circundantes. La Fiscalía había pedido para él 18 años de cárcel por un delito de estragos terroristas, del que el tribunal ha decidido absolverle.

La sentencia considera que ha sido acreditada la pertenencia del acusado al "comando Ezkaurre" y que, junto con un compañero fallecido, decidió atentar contra esta empresa de transportes para "atemorizar a determinados empresarios del País Vasco". Para ello, colocó cuatro kilos de cloratita en los bajos de uno de los camiones que se encontraba en el aparcamiento de la compañía para que explotase de madrugada.

Cerca de media hora antes de la explosión, miembros del "comando" alertaron a los bomberos de Urioste (Vizcaya) de la colocación de la bomba, que estalló una vez que agentes de la Ertzaintza ya habían acudido al lugar para asegurarlo.

"Se trataba", considera la sentencia, "de una zona no industrial en la que las únicas viviendas existentes en las proximidades eran la de un vigilante de la propia empresa" y un caserío ubicado a unos 50 metros.

Es por ello que el tribunal ha condenado a Mardones por un delito de daños terroristas, pero le ha absuelto del de estragos que le acusaba la Fiscalía. El delito de estragos, subraya la sentencia, requiere "necesariamente un peligro para la vida o la integridad de las personas". En este sentido, destaca que "no consta" que la explosión causase "riesgo" para la vida de las personas que vivían en los dos inmuebles de las proximidades ni de los ertzainas que acudieron a asegurar la zona.

La sentencia recuerda que el acusado se reconoció en el juicio como "orgulloso militante de ETA" y destaca la "gravedad" de la acción, enmarcada en una "campaña" para "amedentrar al sector empresarial", por lo que el tribunal ha decidido aplicarle la pena máxima aplicable para los delitos de daños.

ABSUELTO DEL ATENTADO CONTRA UN AEROPUERTO

Por otra parte, hoy se ha hecho pública la sentencia de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional en la que absuelve al presunto integrante de ETA Aitor Herrera Vieites, que ayer le comunicó a viva voz el presidente del tribunal en otro juicio que se celebraba contra él. En la resolución, el tribunal le absuleve de un delito de estragos terroristas, por falta de pruebas que acrediten su participación en el atentado contra el aeropuerto de Maliaño-Camargo de Santander de julio de 2003.

En su resolución, el tribunal argumenta que sólo cuenta con la declaración autoinculpatoria realizada por el acusado en sede policial, que posteriormente contradijo en el juicio. Remitiéndose a varias sentencias del Tribunal Supremo, la sentencia argumenta que estas declaraciones, por sí solas, no son suficiente para condenar a Herrera Vieites.

Así, el tribunal destaca el "absoluto vacío de elementos incriminatorios de cargo" para llegar a la "plena e íntima convicción" de que el acusado participó en el atentado. La Fiscalía, que pedía para él 17 años de cárcel, consideraba que Herrera apoyó al "comando" que cometió el atentado seleccionando el aeropuerto como objetivo, aportar información sobre él, escoltando al "comando" en su trayecto y avisando al diario 'Gara' de la colocación de los explosivos.

La resolución absolutoria le fue comunicada ayer a Herrera Vieites por el presidente de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, durante otro juicio que se celebraba contra él y otros dos presuntos etarras, Asier Arzalluz y Gorka Martínez, por integración en organización terrorista y depósitos de armas y explosivos.

Durante este juicio, Guevara les llamó la atención a los tres imputados, que estaban haciendo corrillo y no dejaban de hablar, por su "falta de respeto y educación" y les dijo que no iba a tolerar que se comportaran como si jugaran "a las cartas en un bar". Después de esta advertencia, en la que también les dijo que el tribunal tendría en cuenta su actitud a la hora de dictar sentencia, los tres permanecieron en silencio el resto del juicio.