MADRID 13 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha decidido permitir al preso de ETA Joaquín Errasti Elorza recurrir en casación la condena de 17 años de cárcel por los delitos de pertenencia a organización terrorista y tenencia de armas y explosivos que le impuso la Audiencia Nacional al conformarse con la petición fiscal.
La defensa solicitó recurrir ante el Supremo al entender que la calificación jurídica y la pena impuesta "es errónea conforme a la doctrina jurisprudencial", pero la Audiencia Nacional le negó el derecho a presentar un recurso de casación, porque las sentencias de conformidad no se pueden recurrir.
El Supremo, tras explicar los motivos por los que estas sentencias no pueden ser irrecurridas, recuerda que la ley se modificó para introducir una salvedad consistente en permitir la interposición de recursos "cuando no hayan respetado los requisitos o términos de la conformidad, sin que el acusado pueda impugnar por razones de fondo su conformidad libremente prestada".
Errasti fue condenado el pasado mes de junio por la Audiencia, junto con otros siete miembros y colaboradores de ETA, al aceptar todos ellos la pena solicitada para cada uno por el fiscal. Las condenas oscilaban entre los 2 y los 28 años de cárcel.
Para alcanzar la conformidad el fiscal de la Audiencia Nacional Juan Moral rebajó en más de la mitad su petición de pena, ya que de un total de 136 años de cárcel pidió finalmente 61 para los ocho acusados por su relación con distintos "comandos" de ETA, haber almacenado armas y explosivos, y haber realizado labores de información sobre posibles objetivos de la banda.
La mayor pena, 28 años de cárcel, fue para Ohiana Baquedano Maidagan, por un delito de pertenencia a ETA, tenencia de armas, depósito de explosivos y falsificación documental, por formar parte del "comando Zelatun" y facilitar a la organización terrorista la información que los otros acusados le hacían llegar.
A Joaquín Errasti Elorza, acusado de pertenencia a ETA y de ocultar armas de fuego y explosivos en su domicilio, se le impuso la segunda mayor pena, 17 años. El tribunal también condenó a Aizeti Fernández Zabala a 5 años de cárcel por colaboración con ETA, al transportar en su vehículo a miembros de la banda, mientras que Ekain Rodríguez Gochicoa y Aritz Lasa Mendiaraz fueron condenados a 5 y 3 años y medio de cárcel, respectivamente, por recabar información sobre funcionarios de la Policía y sobre miembros de políticos del PSOE y del PP.
Jon Minteguiaga Oyarbide y Arkaitz Melchor Hoces fueron condenados a 5 y 2 años de cárcel, respectivamente, por realizar labores de información sobre miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, integrantes de la Fundación para la Libertad y personas vinculadas a las empresas Elenor y Espasa Calpe. A Ohiana Lizaso se le impusieron 5 años de cárcel por colaboración con organización terrorista.