El ex asistente de un eurodiputado deberá pagar 12.000 euros por tocar los pechos a dos dependientas de aeropuerto

Actualizado: lunes, 27 agosto 2018 12:55

BARCELONA, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona ha condenado, en grado de apelación, al que fuera asistente de un ex eurodiputado socialista en 2003 a pagar una multa de 12.000 euros por tocarle los pechos a dos dependientas de una tienda de ropa del Aeropuerto de El Prat (Barcelona), mientras las jóvenes le atendían como cliente.

El acusado fue condenado por un juez de primera instancia a pagar 18.000 euros por tres delitos de abusos sexuales contra tres dependientas de la misma tienda. Ahora, el Tribunal provincial ha decidido rebajar la multa a 12.000 euros al considerar que no pudo abusar de una de ellas porque estaba trabajando en el Parlamento Europeo en el momento en que ocurrieron los hechos.

La historia se remonta a finales de verano de 2003, cuando el acusado entró en una de las tiendas de ropa de la zona restringida de la Terminal B del aeropuerto con la supuesta intención de comprar un regalo para una amiga.

Con esa excusa, el procesado se dirigió a una de las dependientas, Marta R.S., y le pidió que se probara una americana porque quería regalársela a una chica que tenía una talla parecida a la suya.

Según considera probado la sentencia de la Sección Quinta, la joven accedió y, mientras se probaba la prenda, el acusado aprovechó para agarrarle un pecho metiendo su mano debajo de la camiseta y del sujetador de la dependienta.

Ella, "ante la sorpresa", no pudo reaccionar y continuó atendiendo al cliente hasta que él, que al parecer no se sentía satisfecho, decidió tocarle de nuevo el pecho.

Según relata la sentencia, la joven se apartó y fue a buscar al encargado, mientras el acusado se dirigía tranquilamente a la sección de caballero y preguntaba por varias prendas. Finalmente, el acusado se marchó de la tienda, momento en que la víctima explicó lo ocurrido a su superior e intentaron localizarle, sin llegar a conseguirlo.

ABUSÓ DE OTRA DEPENDIENTA EN LA MISMA TIENDA.

No obstante, el acusado decidió volver a la misma tienda pasados unos meses, en concreto, el 23 de noviembre de 2003. En esta ocasión, examinó varias prendas y, sobre las 20.00 horas, se acercó a otra de las dependientas, Nieves G.S., para pedirle que se probara una americana.

Para conseguir su objetivo, el acusado explicó a la joven que pensaba regalársela a su novia y que quería ver como le quedaba puesta, ya que era muy parecida a ella. La dependienta accedió y, cuando tenía puesta la chaqueta, el procesado le fue indicando, tocando la americana, de qué forma le parecía que le podía quedar a su novia.

En un despiste de la joven y tras coger la chaqueta de las solapas, "muy rápidamente", metió una de sus manos por debajo del sujetador de la dependienta y agarró uno de sus pechos, según explica la Sección Quinta.

En ese momento, ella le quitó la mano y le recriminó lo que había sucedido, pero él continuó como si nada hubiera sucedido y como si realmente quisiera comprar la prenda. La joven reaccionó llamando a gritos a su compañera para que le ayudara a sujetar al acusado, ya que  intentó huir del establecimiento. Finalmente, entre ambas, lograron atraparle y llevarle hasta el control de seguridad del aeropuerto para denunciarle.

ABSUELTO DE UNO DE LOS ABUSOS POR ESTAR EN BRUSELAS.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Barcelona condenó en primera instancia al acusado por estos hechos y por un tercer abuso a otra dependienta de la misma tienda, hecho que la Audiencia de Barcelona no ha considerado probado.

Según esta joven, Gloria S.N., el 20 de noviembre de 2003 el acusado entró en la tienda y le tocó un pecho utilizando el mismo pretexto que en los casos anteriores. Ella presuntamente le apartó la mano y se retiró, aprovechando para salir de la tienda en un descuido de la joven.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Barcelona lo condenó a pagar 18.000 euros de multa por tres delitos de abusos sexuales, 6.000 euros por cada uno de ellos. Además, consideró que debía indemnizar a cada una de las perjudicadas con 500 euros por los daños morales y los perjuicios causados.

La defensa del acusado recurrió dicha resolución ante la Audiencia de Barcelona, que le ha rebajado la multa a 12.000 porque entiende que uno de los episodios, el del 20 de noviembre de 2003, no ha quedado probado.

La decisión del Tribunal se basa en una prueba aportada por el letrado del acusaod, que presentó un certificado emitido por el Parlamento Europeo, unos billetes de avión y una tarjeta de embarque que acreditaban que el acusado estaba trabajando en Estrasburgo entre las 12.30 y las 13 horas del 20 de noviembre, por lo que no pudo abusar de la dependienta Gloria S.N..

La joven denunció los hechos ante la Sección de Seguridad de la Guardia Civil del aeropuerto el día 23 y señaló que los tocamientos se produjeron tres días antes, durante la mañana. La Sección Quinta considera acreditado que se encontraba en Estrasburgo a las 13 horas del día 20, ya que la prueba documental aportada por su letrado "ofrece un soporte probatorio suficiente".

DEPENDIENTAS "INDEFENSAS", SEGÚN EL TRIBUNAL.

En su recurso, la defensa alegó también que los actos contra la libertad sexual que cometió son "de menor entidad", por lo que deberían ser calificadas como una falta de vejaciones injustas de carácter leve.

El Tribunal, no obstante, no comparte dicho criterio ya que, a su juicio, los hechos se produjeron "en relación a una indefensa dependienta de una tienda que se ve instrumentalizada y ofendida cuando está realizando su actividad profesional al servicio de los clientes y aprovechando la disposición de ésta a atender los requerimientos de estos clientes".

Además, según la Sección Quinta, "el ataque adquiere una especial intensidad en cuanto no se contrae a un contacto fugaz y superficial por encima de la ropa, sino que los tocamientos se producen por debajo de la ropa interior, sorteando de este modo el velo de la propia intimidad que supone".

No obstante, la Audiencia de Barcelona ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el acusado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 y ha decidido rebajar en 6.000 euros la multa impuesta al acusado, que deberá pagar 12.000 euros por dos delitos de abusos sexuales. También tendrá que indemnizar a dos de las dependientas, Marta R.S. y Nieves G.S., con 500 euros por los daños morales y perjuicios causados.

Así, el Tribunal provincial le absuelve del delito de abusos sexuales cometido en relación a Gloria S.N., por el que fue acusado y condenado en primera instancia.