MALAGA 17 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha vuelto a fijar la vista sobre el recurso de apelación a la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga que condenó a un año de prisión y ocho de inhabilitación al ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz y a otros seis ediles de la Corporación de 1999 por un delito contra la ordenación del territorio al conceder licencia a la empresa Promoción de Edificaciones Industriales, Proinsa.
Así, está previsto que se celebre el próximo martes día 20. Esta vista estaba fijada para el pasado 6 de este mes, pero el abogado de uno de los acusados, en concreto de Dolores Zurdo, solicitó un aplazamiento por haberse personado sólo unos días antes y no haber tenido tiempo para instruirse en el recurso, de 110 folios. El fiscal se opuso a esta suspensión, pero el presidente del Tribunal decidió aplazarla.
La sentencia recurrida consideró probado que la comisión de gobierno, presidida por Muñoz como alcalde accidental y formada por Rafael González, Mario Jiménez, Manuel Calle, Juan Antonio Yagüe, María Luisa Alcalá y Dolores Zurdo, concedió licencia al proyecto básico presentado por Promoción de Edificaciones Industriales sobre la base de adecuación del mismo al documento de revisión del planeamiento municipal, que, "sin embargo, no se encontraba vigente, al no haber sido aprobado definitivamente por el órgano supramunicipal competente ni publicado en el Boletín Oficial correspondiente".
Se indica que dicho permiso, para la edificación de viviendas, garajes y locales comerciales en una parcela situada al oeste del Palacio Polivalente, se otorgó "conociendo los acusados la falta de vigencia de la mencionada revisión"; y se determina, además, que en el momento de concederse la licencia de obras, que no han sido ejecutadas, "la normativa urbanística vigente en el municipio de Marbella venía constituida por el PGOU aprobado en el año 1968", en el que la parcela estaba catalogada como suelo rústico de control.
Para el juez, la licencia se otorga de forma "contraria" a la normativa urbanística vigente, "pues se infringe la misma de dos formas diferenciadas". Por una parte, se conculca el PGOU del 68, que estima de aplicación, al autorizarse edificar; y por otra, el principio de legalidad, "aplicándose un planeamiento que carecía de vigencia", como es la revisión de 1998.
La Sección Segunda ya vio el recurso a la sentencia condenatoria --de seis meses de prisión y ocho años de inhabilitación--, dictada por el mismo órgano penal en el conocido como caso 'Banana Beach'; desestimando los planteamientos de las defensas.
Precisamente, por esta causa, el juez pidió el ingreso en prisión de Muñoz y el resto de ediles, aunque, posteriormente, dictó un auto por el que acordó la suspensión de la pena impuesta mientras se tramita el indulto solicitado por las defensas; resolución que fue recurrida por parte del fiscal y pendiente de resolverse.