Fiscal del caso Ibarra retira el delito de infidelidad en custodia de documentos y rebaja tres años la pena de prisión

Actualizado: jueves, 24 febrero 2011 18:37

Dice que lo mínimo exigible a Diputación es que acreditara perjuicio o comprobara a contribuyentes trabados para ver incidencias fiscales

BILBAO, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

La fiscal Carmen Adán ha retirado este jueves los cargos por el delito de infidelidad en custodia de documentos al ex subdirector de Inspección de la Hacienda de Vizcaya Juan Ramón Ibarra y a sus tres subordinados, José Luis Silvestre, Joaquín Tebar y María Valvanera Canal, por lo que se rebajaría tres años la pena de prisión a los cuatro imputados en el caso que investiga el supuesto trato de favor a contribuyentes en sus declaraciones tributarias, por el que Ibarra recibió presuntamente 337.000 euros.

Asimismo, ha considerado que "lo mínimo exigible" a la Diputación Foral de Vizcaya es que acreditara que se ha producido un perjuicio o que hubiera realizado un examen de todos los contribuyentes "trabados" de la lista de Ibarra, aquellos que si otros actuarios querían actuar sobre ellos tenían que pedirle que los desbloqueara, para comprobar las incidencias fiscales.

El juicio que se ha seguido en la sección Primera de la Audiencia Provincial de Vizcaya contra Ibarra por presunta prevaricación y cohecho al supuestamente favorecer a contribuyentes en sus declaraciones tributarias y contra tres subordinados ha quedado este jueves visto para sentencia.

La Fiscalía Anticorrupción presentó a finales de 2003 una querella contra el ex jefe de Inspección de la Hacienda vizcaína, después de que los responsables del departamento detectaran "irregularidades" por un supuesto trato de favor hacia varios contribuyentes para que no fuera inspeccionados entre 1998 y 2003.

En la última sesión del juicio, el ministerio fiscal ha mantenido la petición de 800.000 euros de multa para Ibarra y los delitos de falsificación continuada de documentos público, prevaricación, cohecho y desobediencia, aunque ha reducido a 9 años la pena de prisión, tras retirar el delito de infidelidad en custodia de documentos. Esta decisión de la fiscalía afecta también a los otros tres imputados, que se enfrentan ahora a cinco años de cárcel, además de a los delitos de falsificación y prevaricación.

La fiscal, que ha reiterado las acusaciones y argumentaciones recogidas en su escrito de calificación, ha destacado, en referencia a Ibarra, que el listado del ex subdirector de la Inspección es "la prueba de las asignaciones informáticas y los documentos informáticos falsamente realizados por Ibarra y los otros acusados" y ha rechazado que el listado fuera público, en base a las declaraciones de los testigos que manifestaron no haber visto el listado hasta que le fue mostrado por la Fiscalía anticorrupción.

Asimismo, ha señalado que "la mera inclusión de los datos tanto reales como falsos" en el listado de Ibarra "genera un efecto en el departamento de gestión respecto a las actuaciones rutinarias o de comprobación de datos", ya que "carece de sentido que el que encuentra en un dato que está consultando que el contribuyente está en inspección se dedique a remitir información o a actuar".

En cuanto a la justificación de Ibarra de que el listado tenía como objetivo realizar un seguimiento a los contribuyentes incluidos en él, Adán ha dicho que "no es creíble" porque no hay "plasmación de que se hubiera efectuado ese seguimiento" y ha insistido en que existen "muchas y variadas formas" de hacer un seguimiento sin el "efecto traba".

Por otro lado, ha considerado que al introducir en su lista a contribuyentes que realizan declaraciones confidenciales, lo que hace Ibarra es "violar todos los principios generales de la confidencialidad".

La fiscal ha precisado que "las razones o móviles por los cuales se ha incluido a estos contribuyentes en su listado, si todos ellos son por unas razones, si otros son para enmascarar, no tiene nada que ver con lo que son los hechos delictivos" porque "el tema fundamental es que ha producido la inclusión de contribuyentes de forma falsa y ha interferido en el sistema de actuación de la Hacienda".

En cuanto a los otros tres imputados, el ministerio fiscal ha considerado probado que la "participación absolutamente necesaria" de Canal, Tebar y Silvestre "ha permitido controlar que los falsamente incluidos en plan no se ven afectados por las dos barreras de selección informática y por el tercer paso de selección que se materializa en el proceso". Además, ha advertido, en relación a la justificación de los tres subordinados, de que cumplían órdenes de sus superiores, que los funcionarios "tiene la posibilidad de decir que no a las ordenes ilegales".

En ese sentido, ha remarcado que lo que distingue la actuación de los acusados de la del resto de inspectores es que "los inspectores se encuentra un caso y, en cambio, los acusados participan a lo largo de los años en una serie de actuaciones en las cuales es imposible no percibir lo que se está haciendo, porque, además, han participado en el proceso de formación de esa documentación informática".

COHECHO

En referencia al delito de cohecho por la aparición de un patrimonio "no justificado" por importe de 337.000 euros de Ibarra, la fiscal ha recordado que los tres peritos que han testificado han llegado en sus conclusiones respecto a las ganancias patrimoniales no justificas, "a un punto común relevante, que es que ha habido una serie de disposiciones en efectivo y en metálico a lo largo del tiempo que no están justificadas".

Por otro lado, ha destacado que el dato "más significativo" de actuaciones de disposiciones de ese efectivo es "en los años 2000 y 2001, fechas que coinciden con un mayor número de incorporación de contribuyentes a la asignación informática de Ibarra".

La fiscal ha advertido de que "se ha roto el principio de igualdad" porque los acusados "han creado dos tipos de contribuyentes que la administración no ha previsto, contribuyentes de primera y de segunda".

DIPUTACIÓN Y PERJUICIO

Por otro lado, en su intervención, la fiscal ha asegurado que "el gran problema que ha habido en esta causa es que gran parte de los escritos que pudieran ser reveladores de las conductas prevaricadoras o falsificadores han desaparecido, por razones obvias". "Solamente han aparecido en los casos más importantes porque han sido requeridos por la fiscalía o el juzgado y los propios inspectores en algunos casos han guardado lo que les permitía excluir la responsabilidad y probaba el delito", ha agregado.

Tras recordar que los hechos que son objeto de acusación en esta causa son "prácticamente y tienen su sentido por razón del decreto que inició las diligencias de investigación de la Fiscalía", Adán ha precisado que la acusación ha subrayado el elemento del perjuicio originado a la Hacienda Foral, "y estamos ante una administración que dice que no hay perjuicio", es porque "da más razón al hecho de la gravedad de las conductas de los acusados".

En ese sentido, ha considerado que "lo mínimo exigible a una administración", en referencia a la Diputación Foral de Vizcaya, que se retiró del proceso penal, es que "acreditara que se ha producido ese perjuicio o, por lo menos, que hubiera realizado un examen o comprobación de todos los contribuyentes trabados para ver las incidencias fiscales".

Según ha censurado, esta actuación "única y exclusivamente la realizó en su día el director de Hacienda, Javier Muguruza, y, según la documental existente, con posterioridad no se ha vuelto a realizar".

La fiscal ha dicho que los delitos de los que se acusa a los cuatro imputados crearon "lo que se llamaba paraguas fiscal, bajo cuya cobertura se defraudó en muy diferentes formas". A su entender, "aunque se hayan determinado algunas de las cantidades, la adscripción de todas las que se han producido no obvia la realidad del perjuicio", que la Fiscalía cifra en cuatro millones de euros.