La fiscal mantiene 12 años de pena y la defensa pide la absolución del dueño del pub incendiado en Arcade (Pontevedra)

Actualizado: viernes, 10 marzo 2006 16:06

El juicio queda visto para sentencia tras presentar las partes las conclusiones

VIGO, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

El juicio que se celebraba en la sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra contra José Martínez Román, acusado de ser el inductor del incendio que arrasó el 18 de diciembre de 2003 el pub que regentaba en Arcade y en el que murió el joven Marcos Blanco Puente, ha quedado hoy visto para sentencia tras la presentación de las conclusiones por las partes. La fiscal mantuvo la petición de 12 años de cárcel, mientras que la defensa solicitó la libre absolución.

La fiscal sostuvo en su informe que existen "múltiples indicios acreditados" de los que se puede deducir la participación del acusado en los hechos, y por ello mantiene su petición de 12 años de prisión por un delito de incendio con grave peligro para la vida de las personas como inductor o cooperador necesario, y otros 6 meses por un delito de estafa en grado de tentativa.

El Ministerio Fiscal concluyó que "no se ha podido acreditar" que hubiese animadversión entre la víctima del incendio y el imputado, por lo que se descarta una actuación movida por la venganza, sino que consideró que José Martínez Román habría ofrecido dinero a Marcos Blanco Puente, de 30 años de edad, para que quemase el local y poder cobrar el seguro. En ese sentido, consideró que, atendiendo a los hechos, el acusado era el único que podría obtener beneficio económico con el incendio.

Además, rechazó los intentos de la defensa de "desvirtuar" el testimonio de los dos principales testigos de cargo aportados por la acusación, Andrés F., alias 'El Alemán', y José P.O., y recordó que ninguno de ellos recibió ninguna presión o recompensa por su declaración. En relación con esta cuestión, también señaló que los testigos coinciden en su relato de los hechos y que las únicas manifestaciones "discordantes y contradictorias" son las del propio acusado.

NOCHE DE AUTOS

Por otra parte, y en referencia a la noche de los hechos, la Fiscalía consideró que las pruebas indiciarias apuntan a que Martínez Román permitió la entrada de Blanco Puente en el local tras su cierre, dejando desconectada la alarma y facilitándole una llave del mismo, con la que la víctima se encerró "para preparar el incendio".

Asimismo, recordó que la camarera del pub declaró durante la fase de instrucción y en el juicio oral que, al día siguiente de los hechos, escuchó una conversación en la que Román decía a su mujer "lávame eso, que por ahí pueden buscarme las cosquillas". "Esto podría significar que la ropa del acusado tenía restos de gasolina", subrayó la fiscal.

Por su parte, el abogado representante de la compañía aseguradora del pub, coincidió con las conclusiones de la Fiscalía por lo que se sumó a su petición de pena, y añadió que Marcos Puente Blanco "no tenía dinero" para comprar la gasolina con la que se quemó el pub, ni medio de transporte para llevarla, por lo que concluyó que "fueron previamente introducidas por el acusado en el local".

Además, el letrado sostuvo que la llave con la que se cerró el local pudo perderse como consecuencia del estado de destrucción en el que quedó el bar, o bien fue utilizada por alguien que bloqueó la puerta desde fuera, dejando a Marcos Blanco encerrado.

LIBRE ABSOLUCIÓN

El abogado de la defensa, por su parte, solicitó al tribunal la libre absolución del acusado y la imposición de costas a la compañía aseguradora, alegando que Martínez Román ha sido detenido "exclusivamente por la declaración de los testigos", y que fue sometido a un "juicio previo" al llevar en prisión algo más de dos años "sólo por indicios".

En ese sentido, el letrado mencionó varias sentencias del Tribunal Constitucional en las que se determina que, cuando un juicio se basa en pruebas indiciarias, éstas han de estar acreditadas y ser "inequívocamente acusatorias", además de concordar con los hechos.

La defensa comentó también que ha habido una "instrucción negligente" y señaló que la fiscalía no se preocupó de asuntos como el lugar en el que se compró la gasolina; además, en referencia a las supuestas presiones que las fuerzas y cuerpos de seguridad habrían ejercido sobre el acusado, destacó que "en la Policía Judicial no son vírgenes de la caridad y también mienten".

En cuanto a los testimonios aportados en el juicio oral, el abogado insistió en desacreditar las declaraciones de los dos principales testigos de la acusación, a quienes calificó de "sinvergüenzas" y de haber acudido a la vista "colgados". Además, explicó que la supuesta conversación sobre la ropa que habría que lavar "podría haber sido porque llevaba en el pantalón unas chinas de hachís".

En referencia a las otras partes personadas en la causa, los abogados de las compañías aseguradoras, de los locales comerciales, así como de los propietarios de las viviendas afectadas por la explosión, retiraron hoy los cargos por estafa contra el acusado, ya que sus representados han percibido los pagos correspondientes por la reparación de los destrozos y no hay reclamaciones pendientes.