El fiscal pide al Supremo que mantenga la condena a 11 años a una etarra por robar dos pistolas a unos policías

Actualizado: miércoles, 19 abril 2006 17:22

MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El fiscal pidió hoy a los magistrados del Tribunal Supremo que revisaron una sentencia de la Audiencia Nacional contra la etarra Idoia Martínez García, que mantengan la condena a 11 años de prisión por robar dos pistolas reglamentarias a dos policías municipales en Madrid en 1994. La defensa pidió su absolución por entender que no hay pruebas para confirmar la condena.

En la primera vista del Supremo para estudiar un recurso contra una sentencia de ETA después del alto el fuego permanente declarado por la banda armada, el fiscal impugnó todos los motivos esgrimidos por el abogado de la etarra y pidió a los magistrados que desestime íntegramente su recurso de casación.

Por su parte, la defensa de Idoia Martínez consideró que no existen pruebas para ratificar la condena. En este sentido, señaló que la huella de la etarra encontrada en un ejemplar del diario "El Mundo" en el interior del vehículo que usaron los terroristas, y que según los peritos correspondía a la acusada, no es una prueba concluyente para condenarla.

Del mismo modo, el abogado consideró que los delitos de robo y tenencia ilícita de armas por los que fue condenada Martínez no son autónomos, por lo que en caso de ratificar la sentencia de la Audiencia Nacional se debería aplicar ambos tipos en concurso ideal, con lo que la pena de prisión sería menor.

Según el relato de hechos probados de la sentencia de la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, de julio de 2005, Martínez y el ya condenado Mikel Azurmendi Peñagaricano robaron el 7 de julio de 1994 un coche Volkswagen Polo estacionado en el Camino de los Vinateros de Madrid y posteriormente le cambiaron las placas de matrícula por otras falsas.

El 2 de agosto de ese año ambos conducían por la capital en el citado vehículo, cuando realizaron un giro incorrecto hacia la izquierda para dirigirse a la calle Silvano. Esta maniobra fue observada por una patrulla de la Policía Municipal, que comenzó a seguir al infractor a lo largo de la calle José Domingo Rush.

En ese momento, los etarras pararon el coche y cuando la pareja de policías municipales descendieron del coche patrulla para efectuar un boletín de denuncia, Idoia Martínez y Mikel Azurmendi "se apearon del automóvil, extrajeron de la bolsa que portaban dos pistolas y encañonaron a los agentes, desarmándoles y apoderándose de sus revólveres".

La representante del Ministerio Público pedía para la etarra 24 años de prisión por un delito de robo con fuerza en las cosas, uno de sustitución de placas, uno de robo con intimidación y uso de armas, y otro de tenencia ilícita de armas. Por su parte, la defensa alegó durante la vista oral que los hechos habían prescrito.

El tribunal rechazó las tesis de la defensa, al considerar que Martínez estaba también acusada de pertenencia a banda armada hasta el momento en el que fue condenada en Francia por el delito equivalente, asociación de malhechores, el 5 de octubre de 1999. Así, señalaba que no habían transcurrido los cinco años necesarios para que los hechos fueran considerados prescritos.

La Audiencia Nacional condenó a Martínez por un delito de robo con intimidación y otro de tenencia ilícita de armas, y la absolvió de los delitos de pertenencia a banda armada (al haber sido condenada por su equivalente en Francia), robo con fuerza en las cosas y sustitución de placas de matrícula, ya que "no se practicó prueba en el plenario ni resulta de otro modo acreditada la intervención de la procesada en los mismos".