El fiscal rechaza el atenuante de "enamoramiento" alegado por una colaboradora de ETA y pide que su confirme su condena

También solicita la confirmación de la pena impuesta a otros dos colaboradores de la banda armada

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 6 julio 2006 16:59

MADRID, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

El fiscal del Tribunal Supremo Miguel Ángel Torres se opuso hoy a admitir como atenuante el "enamoramiento" planteado por Miren Azkarate y pidió al alto tribunal que confirme su condena a 5 años de prisión impuesta por la Audiencia Nacional por colaboración con la organización terrorista ETA. También solicitó la confirmación de la pena impuesta a Arkaitz Lavega e Iker Beristain a 9 y 8 años de cárcel, respectivamente, por colaborar con la banda armada.

La Sala Segunda del alto tribunal revisó en una vista pública el recurso de casación interpuesto por Lavega, Beristain y Azkarate contra la sentencia, de diciembre de 2005, que les condenó por colaboración con banda armada. El tribunal rechazó entonces admitir como atenuante el "amor platónico" alegado por Azkarate para acceder a colaborar con el etarra Fernando Bert, a quien entregó en Francia una lista con posibles colaboradores.

En este sentido, el representante del Ministerio Fiscal se opuso a la petición del abogado de Azkarate, Zigor Reizabal, de tener en cuenta "sólo" la pericial realizada de oficio, según Reizabal, que determinó que la capacidad cognitiva de Azkarate estaba anulada por estar enamorada de su contacto en ETA y aseguró que "esta prueba carece de rigor científico", ya que, según dijo, "los datos se basan en las declaraciones de la interesada".

De esta manera, el fiscal solicitó al tribunal que "considere exclusivamente" el informe efectuado por el médico-forense, en el que no se apreció "incidencia alguna de la existencia de un amor platónico en relación a la afectación de las capacidades cognitivas o volitivas de la procesada". Además, insistió en que la Sala "debe atenerse a un informe científico y la prueba del médico-forense es un auténtico documento".

El tribunal de instancia no aceptó entonces el supuesto trastorno de la acusada y por tanto la aplicación de la atenuante, pero le impuso una pena por colaboración en su mitad inferior, es decir, cinco años de prisión. La sentencia consideraba que no estaba acreditado que la procesada viajara a Francia movida por sus sentimientos y añadía que no habló de ese supuesto amor hasta la vista oral.

"NO ESTÁ MOTIVADA".

En su exposición de motivos, el abogado Reizabal aseguró que la condena por colaboración impuesta a Azkarate "no está motivada" y señaló que, "al consumarse los hechos en suelo francés, los tribunales españoles no tienen competencia para juzgarlos porque no es un delito que se le atribuya a la persecución universal". Sin embargo, el fiscal rechazó ambos extremos, al entender que "los hechos constituyen un acto terrorista".

En concretó, el fiscal argumentó que los hechos "no pueden ser comparados con un acto de enaltecimiento del terrorismo", al afirmar que "no se trató de dar opinión, sino de colaborar" con una organización terrorista. Asimismo, precisó que los actos se enmarcan "dentro de los principios de universalidad y territorialidad porque la mayoría de ellos se cometieron bajo soberanía nacional".

El fiscal pidió también al tribunal que confirme la condena impuesta a 9 años de cárcel al ex guardia municipal de la capital guipuzcoana Arkaitz Lavega, pese a que respaldó dos de los cinco motivos de su recurso relacionados con una multa que se le impuso y con el agravante que la Audiencia Nacional estimó en un auto de aclaración por ser funcionario público. Tanto el fiscal como el abogado de Lavega, Miguel Castell, consideraron que dicho auto puede subsanar errores materiales de la sentencia, pero no agravar la pena.

El representante del Ministerio Público también se pronunció sobre la falta de motivación alegada por la defensa en relación con un auto de incomunicación dictado contra el condenado y afirmó que "éste fue correcto porque recogía datos objetivos que lo justificaban". Igualmente, rechazó que en el procedimiento se hayan producido dilaciones indebidas, al estimar que "las actuaciones realizadas eran necesarias para la instrucción y para el esclarecimiento de los hechos".

CONFESIÓN DE BERISTAIN.

También pidió la confirmación de la condena a 8 años de prisión impuesta a Iker Beristain, uno de los 54 acusados en el 'macrojuicio' que se sigue en la Audiencia Nacional contra el entorno de ETA, el fiscal. La sentencia consideró acreditado que Beristain se entrevistó en octubre de 2001 con un miembro de ETA que le propuso colaborar con la banda terrorista. A Beristain le entregaron cuatro sobres para que los hiciera llegar a otras tantas personas de San Sebastián.

El abogado Reizabel, que también defiende a Beristain, alegó que "el tribunal no puede tener en cuenta la confesión policial" de su defendido, después de que, según sostuvo, éste denunciase que había sufrido malos tratos por parte de los agentes que le tomaron declaración. Sin embargo, el fiscal apuntó que "la sentencia recoge que esta declaración es válida y la corrobora con datos objetivos", por lo que, según estimó, "no vulnera la presunción de inocencia".

Frente a la solicitud de la defensa de reducir la pena al mínimo legal por no estar justificada, el fiscal Torres aseguró que "la Sala de instancia ha aportado elementos suficientes para establecer esta pena" y afirmó que "la condena se debe mantener por estar motivada".

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