La Fiscalía apoyará prohibir la Asamblea de Batasuna si el juez acuerda la suspensión de sus actividades

Actualizado: martes, 17 enero 2006 9:54


MADRID, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, remitió ayer un escrito a la Fiscalía de la Audiencia Nacional en el que expone "serias dudas" acerca de la posibilidad de volver a suspender las actividades de la ilegalizada Batasuna, aunque precisa que si así lo acuerda el juez sería partidario de solicitar la prohibición de la Asamblea Nacional que esta formación ha convocado para el próximo día 21 en Baracaldo (Vizcaya).

En el escrito, de ocho páginas, la Fiscalía General del Estado enumera las dudas que, en su opinión, acarrea volver a suspender las actividades de Batasuna, medida acordada por el juez Baltasar Garzón el 26 de agosto de 2002 y no renovada el pasado verano al entenderse innecesaria por haber sido ilegalizada esta formación por el Tribunal Supremo.

La Fiscalía añade que, en el caso de que el juez Fernando Grande-Marlaska decida suspender las actividades de Batasuna, sería incluso partidaria de que se impida la celebración del acto del próximo sábado.

Así, estima que si el juez puede salvar las "objeciones de aplicabilidad" del artículo 129 del Código Penal (el que regula la suspensión de actividades de organizaciones) en este caso, el Ministerio Fiscal considera que la "suspensión" del acto del día 21 "sería aplicable y por tanto debería producir su efecto en el concreto supuesto analizado, consistente en la convocatoria y ulterior celebración de los actos previstos".

"SERIAS DUDAS"

El escrito de la Fiscalía que dirige Cándido Conde-Pumpido comienza expresando las "serias dudas" existentes para suspender de actividades a un partido que ya no existe jurídicamente, al estar ilegalizado por la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 2003. En este sentido, indica que entre la suspensión de actividades decretada por Garzón, en agosto de 2002, y el momento actual media la sentencia de ilegalización y disolución de Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna.

"Habida cuenta de que dicha disolución implica (...) el cese definitivo de toda actividad del partido político disuelto, parece contradictoria por principio la adopción o la subsistencia, en el marco del proceso penal, de una medida suspensiva de naturaleza cautelar", señala el escrito.

Más adelante incide en este criterio al afirmar que una medida "cuyo objeto es asegurar cautelarmente un resultado que ya viene determinado por una resolución judicial definitiva, en realidad carece, jurídica y materialmente, de objeto sobre el que aplicarse".

La Fiscalía precisa que en el marco de aplicación del artículo 129 del Código Penal, "exige forzosamente el análisis individualizado de las conductas y de sus autores, de modo que únicamente cuando se trate de un hecho susceptible de ser considerado por su propia naturaleza como acto 'del' partido u organización suspendidos, será procedente hacer efectiva la medida cautelar".

El escrito agrega que la actividad de quienes "fueron integrantes de aquellas organizaciones, sea individual o colectiva, siempre que en este último caso no implique una actuación ilícita imputable al partido disuelto como tal 'organización', no puede estimarse comprendida dentro de la esfera de aplicación de la norma invocada".

MISMOS MIEMBROS, NUEVA FORMACIÓN

En otro apartado de su escrito, la Fiscalía señala que "volviendo a la Ley de Partidos Políticos, nada impediría que las mismas personas que integraron un partido suspendido o disuelto constituyan una nueva formación política cuyos medios y fines se ajusten a la Constitución y la Ley, siendo obvio que tal proceso constituyente sólo sería posible mediante una acción organizada y conjunta de dichas personas, que no podría resultar impedida por la extensión de las consecuencias de la disolución".

Además, añade que precisamente la pérdida de personalidad jurídica de Batasuna y su disolución orgánica, adoptada por el Tribunal Supremo, "dificulta de modo considerable la tarea de imputar determinadas actuaciones a una organización que carece de forma jurídica y, por tanto, no dispone de órganos jurídicamente reconocibles de dirección y representación".

Tras recordar los informes policiales en los que se concluye que Batasuna es la organizadora del acto del próximo día 21, el fiscal distingue entre dos actuaciones que tendrán lugar ese día: Una orgánica, que se celebrará por la mañana en un lugar desconocido y en la que se designarán a sus representantes, y otra de carácter multitudinario en la que se les presentará públicamente.