La Fiscalía defiende la "libertad de expresión" del líder de Sortu en el homenaje a sus víctimas del terrorismo

Juan Calparsoro
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 6 julio 2015 10:16

Decidirá si pide, de nuevo, el sobreseimiento después de que se realicen las nuevas pruebas

BILBAO, 25 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Fiscal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, cree que, a la espera de las nuevas diligencias que se realicen ante la reapertura del caso por enaltecimiento del terrorismo abierto contra el líder de Sortu, Hasier Arraiz, por la querella presentada por Dignidad y Justicia contra él, prevalece el derecho a la libertad de expresión "ejercido por el presidente del segundo partido de Euskadi en un acto de homenaje a dos víctimas del terrorismo y militantes del grupo que preside", en alusión a Santiago Brouard y Josu Muguruza.

Arraiz tendrá que declarar, de nuevo, el próximo 4 de septiembre ante el juez instructor de la causa, Borja Iriarte, después de que la Sala Civil y Penal del TSJPV decidiera el pasado mes de julio estimar el recurso de Dignidad y Justicia contra la decisión del magistrado de sobreseer las actuaciones emprendidas contra el líder de Sortu a partir de las declaraciones que realizó el 18 de noviembre en el homenaje a Brouard y Muguruza, en las que avaló la trayectoria y la estrategia de la izquierda abertzale durante los últimos 35 años.

En manifestaciones a Europa Press, Calparsoro ha recordado que la Fiscalía vasca "informó interesando la confirmación del archivo decretado por el magistrado instructor al entender que Hasier Arraiz emitió una opinión en el ejercicio de la libertad de expresión, y como parlamentario y dirigente político". Por ello, ha asegurado que, de esta forma, comparte "los argumentos y razonamientos del instructor" que le llevaron a archivar el caso.

Además, ha recordado que el ministerio público "no tiene el monopolio de la acción penal", ya que existe la acusación popular, "que, en este caso, ha instado la continuación de la causa", como ha acordado la Sala Civil y Penal al estimar el recurso de apelación.

En esta línea, ha afirmado que debe cumplirse "lo ordenado por la misma", que emplazó a continuar con las investigaciones y a tomar, de nuevo, declaración al imputado, al considerar que el interrogatorio al que se le sometió fue "incompleto, formulario y genérico o ajeno al núcleo de la cuestión principal", lo que resultaba "insuficiente a efectos probatorios".

Juan Calparsoro ha indicado que, "con el máximo respeto a la Sala y reconociendo la dificultad de realizar una ponderación entre unos derechos" como los de libertad de expresión, y la dignidad y reconocimiento de las víctimas y necesidad de deslegitimación del terrorismo, la Fiscalía considera que, "en este caso, debe prevalecer ese derecho fundamental ejercido por el presidente del segundo partido de Euskadi en un acto de homenaje a dos víctimas del terrorismo y militantes del grupo que Arraiz preside, Brouard y Muguruza".

No obstante, no ha querido avanzar si informará, una vez más, a favor del sobreseimiento de las actuaciones porque "habrá que esperar al resultado de las nuevas diligencias que se practiquen antes de tomar una nueva decisión".

Asimismo, se ha referido a las declaraciones realizadas por el presidente de Dignidad y Justicia, Daniel Portero, en las que solicitó "un cambio de actitud" al ministerio público y que "intente hacer justicia", para afirmar que la Fiscalía "siempre procura hacerlo".

En este sentido, ha destacado que, "en algunos casos, hacer justicia será ejercer la acusación e instar la acción penal y, en otros, como en éste, será instar el archivo por no existir, en nuestra opinión, indicios de delito, opinión que obviamente puede no ser compartida".

INTERROGATORIO

Ante las críticas de Dignidad y Justicia al ministerio público por no haber realizado más preguntas a Hasier Arraiz, Calparsoro ha explicado que, durante la comparecencia del imputado, la Fiscalía preguntó después del juez instructor y formuló varias preguntas, a las que Arraiz contestó "negando tajantemente que en sus manifestaciones estuviera justificando la actividad terrorista de ETA".

Además, ha recordado que la letrada de Dignidad y Justicia "no formuló ninguna, lo que fue una sorpresa, al menos" para el ministerio público, al que no se le había comunicado "nada" de esto "previamente", ya que, de esa forma, la Fiscalía podría haber hecho "un interrogatorio más extenso".

"Lógicamente, como por la Fiscalía habíamos pedido el archivo y la causa seguía a instancia de la letrada de Dignidad y Justicia, parecía lógico que el interrogatorio más extenso lo realizase la misma", ha añadido.

Sin embargo, ha recordado que el imputado se negó a contestar a las preguntas de la abogada de la acusación popular, "circunstancia que ya se conocía previamente por la misma y no por el Fiscal", aunque la letrada tenía derecho a formular las cuestiones "que entendiera pertinentes, aunque no se contestasen".

"Por supuesto, pudo haber trasmitido a la Fiscalía que el letrado del imputado le había trasladado que no iba a contestar a sus preguntas para poder realizar el Fiscal un interrogatorio más extenso, pese a haber solicitado el archivo", ha concluido.