Fiscalía de Granada pide tres años de cárcel y cuatro de inhabilitación para los funcionarios en el caso Gomérez

Actualizado: jueves, 19 enero 2006 17:13

El Ministerio Público califica los hechos como constitutivos de un delito de homicidio imprudente y contra la seguridad en el trabajo

GRANADA, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Granada ha solicitado la pena de tres años de prisión y cuatro de inhabilitación para tres funcionarios municipales, entre ellos el número dos de Urbanismo, Manuel Lorente, por el 'caso Gomérez', en el que murió el obrero ecuatoriano Guillermo Estalin que trabajaba en condiciones de irregularidad administrativa en las obras del derribo de Gomérez el 21 de diciembre de 2004, por los delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad en el trabajo.

En su escrito de acusación, al que tuvo acceso hoy Europa Press, la fiscal acusa a un total de nueve personas. Además de al número dos de Urbanismo, --que fue director general del Area de Planificación Urbanística del Ayuntamiento de Granada hasta el 15 de noviembre de 2004, fecha en la que pasó a ocupar el cargo de Coordinador General de Planificación Urbanística y Obras Municipales-- el Ministerio Público solicita la pena antes mencionada también para el arquitecto técnico del Servicio de Arquitectura, Jorge Moreno Monchón, y el arquitecto jefe del Servicio de Arquitectura hasta el 15 de noviembre de 2005, Jacobo de la Rosa Herrera, que posteriormente pasó a ocupar el cargo de director general del Servicio.

Para F.J.P.G., trabajador de Alsa, empresa para la que desempañaba su trabajo el fallecido, el fiscal solicita tres años de cárcel y una multa de 2.880 euros por dos delitos contra el derecho de los trabajadores. Así, el representante legal de la empresa, A.S.S., se enfrenta a una petición de seis años de prisión y cuatro de inhabilitación, además, de una multa de 4.320 euros al considerarlo la Fiscalía autor de los cuatro delitos señalados.

Asimismo, para los representantes de la empresa Construcciones Hermanos Rodríguez, S.R.C. y M.R.C., la fiscal pide tres años de cárcel y cuatro de inhabilitación por los delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad en el trabajo, al igual que para la arquitecta técnico encargada de la prevención de riesgos laborales, M.P.G.G., así como a la representante legal y administradora de Rehabilitaciones y Demoliciones S.L.

CADENA DE SUBCONTRATACION

Los hechos, que relata la fiscal en su escrito de conclusiones provisionales, se inician el 2 de mayo de 2003, fecha en la que se acordó la adjudicación a la empresa Rehabilitaciones y Demoliciones Granada S.L. del inmueble situado en el número 16 de la calle Cuesta de Gomérez, en la capital granadina.

Así, un mes después se fijó el contrato administrativo con el informe favorable del arquitecto jefe del Ayuntamiento que establecía la obligación de la empresa de en 15 días presentar un Plan de Seguridad y Salud. La empresa recibió el 29 de abril de 2004 la notificación municipal para que procediera a la demolición por 38.007 euros.

Posteriormente, el 30 de septiembre, la representante legal de Rehabilitaciones y Demoliciones Granada S.L., L.D.M., firmó a propuesta de la responsable en Prevención de Riesgos Laborales, M.P.G.G., la subcontratación de obra con la empresa Construcciones Hermanos Rodríguez Comunidad de Bienes, virtud de la cual dicha empresa asumía la demolición del edificio y se adhería, en teoría, al Plan de Seguridad que establecía la figura de un encargado de obra de la empresa anterior, que no llegó a elaborarse.

El mismo 30 de septiembre, se elaboró un documento, prácticamente igual al anterior, que no llegó ni a firmarse en virtud del cual Construcciones Hermanos Rodríguez subcontrataban a la empresa Obras Alsa S.L., representada por A.S.S. Puesto que ésta no podía contratar con la Administración por tener pendientes deudas tributarias, su representante se puso de acuerdo con el trabajador, F.J.P.G., y simuló una empresa ficticia que fue dada de alta el 1 de noviembre de 2004.

PLAN DE SEGURIDAD

La responsable de Prevención de Riesgos, M.P.G.G., elaboró un estudio de seguridad que se limitaba, según la fiscal, a "ser un repertorio de normas, algunas incluso derogadas, o medidas aplicables a la demolición de cualquier edificio" sin contemplar el "riesgo de desprendimiento" de muros o paredes contiguas.

Por lo tanto, el 5 de octubre de 2004 comenzaron los trabajos de demolición del edificio sin que existiese, resalta el escrito de acusación, "el preceptivo Plan de Seguridad", que elaborado por la empresa contratista debía haber sido aprobado por el Ayuntamiento.

Así, el Ministerio Público destaca que la "falta de medidas de seguridad, de absoluto descontrol y de peligro, en que se ejecutaba el derribo" dio lugar a varias denuncias presentadas en el Ayuntamiento, entre las cuales se alertaba de la necesidad de adoptar a la "mayor urgencia" posible medidas correctoras para evitar "alguna desgracia personal".

Tanto es así, que el 21 de diciembre de 2004, mientras dos trabajadores ecuatorianos, entre ellos el fallecido, se encontraban desmontando un pequeño patio interior subidos en un listón o viga sin protección, se produjo una avalancha de piedras y tierra procedente del muro colindante que sepultó a Guillermo Estalin que falleció casi de inmediato.

Así, pues, la obra de demolición se llevó a cabo, dice la fiscal, "con un total incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales", poniendo en grave peligro la vida y salud de los trabajadores hasta que ocurrió el "fatal desenlace".

En este sentido, continúa el escrito, todos los acusados, a excepción de F.J.P.G., incumplieron las obligaciones impuestas legalmente a cada uno de ellos en el ámbito de sus respectivas funciones y atribuciones y con "su actitud contribuyeron, dada la gravedad y persistencia de estos incumplimientos, a mantener la situación de riesgo, con absoluto desprecio hacia la vida de los operarios", que perdió uno de ellos, algo que, a juicio de la Fiscalía, se podría haber evitado.

La fiscal destaca, especialmente, la conducta "particularmente negligente" de M.P.G.G. que "omitió el cumplimiento de sus obligaciones y funciones derivadas como coordinadora de seguridad", pese a haber sido advertida expresamente por uno de los trabajadores del derribo del peligro que éste entrañaba, además de los responsables del Ayuntamiento.

En la obra, según continúa el escrito, trabajaban en situación irregular el fallecido y dos operarios más de nacionalidad ecuatoriana, mientras que en materia salarial, la retribución percibida por los trabajadores era inferior a la establecida en el convenio, ni existían nóminas, ni recibos, ni firmas en los contratos de los trabajadores.

La Fiscalía de Granada solicita, por último, que los acusados indemnicen conjunta y solidariamente a los familiares del fallecido en 100.000 euros para la pareja de hecho de Guillermo Estalin, 200.000 euros para cada uno de los cuatro hijos de éste, y en 30.000 euros a su madre.