MADRID 21 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez de no informar al Tribunal Supremo de la existencia de indicios sobre la participación delictiva del senador de Bildu, Iñaki Goioaga, en la causa que investiga al colectivo 'H-Alboka' hasta que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) desclasifique las comunicaciones telefónicas y el envío de mensajes SMS que se intercambiaron los abogados y enlaces de ETA.
En una providencia a la que tuvo acceso Europa Press fechada el pasado 11 de diciembre el magistrado hacía saber al Ministerio Público que "no se va a dictar auto de procesamiento ni se va a proceder a la elevación de exposición razonada al TS sobre la participación de Iñaki Goioaga hasta que conozca el resultado de la petición elevada al Ministerio de la Presidencia en la que se solicitó la desclasificación de determinados documentos correspondientes al CNI".
Ahora el fiscal José Perals se opone a esta decisión y asegura que no ha tenido conocimiento de ella hasta ayer jueves, más de dos meses después. Especifica, citando sentencias del TS, que la actividad del servicio de inteligencia "no es un verdadero acto de prueba".
DILACIONES INJUSTIFICADAS
El Ministerio Público especifica que, aunque no se opone a la solicitud de acceder a estas escuchas "que incluso considera necesarias", esto "no es óbice para que continúe sin dilaciones injustificadas la marcha del procedimiento según sus trámites"
"La decisión de desclasificación o no se adoptará por el Gobierno de la Nación en base a criterios ajenos al procedimiento penal y por ello no puede hacerse depender la continuación de las actuaciones de tal decisión administrativa", indica.
Gómez Bermúdez pidió al CNI el pasado mes de noviembre que le diera acceso a las conversaciones por teléfono mantenidas entre letrados y miembros de ETA, entre los que se encuentra el jefe etarra David Pla Martín, que leyó el comunicado del 20 de octubre de 2011 en el que se decretó el "cese definitivo de su actividad armada".
Solicitó que se incorporaran a la causa las intervenciones que se practicaron tanto a Pla como a los abogados Arantza Zulueta, Iker Sarriegui y Jon Enparantza, las trabajadoras de los bufetes Saioa Aguirre y Naia Zuriarrain, el etarra José Domingo Aizpurua, el miembro de LAB Juan María Jáuregui, el responsable de Gestoras por Amnistía Julen Celarain y Nerea Redondo.
El juez advertía que la denegación de la desclasificación solicitada podía "afectar negativamente a otros valores constitucionales y derechos fundamentales", de forma que una negativa del CNI "daría al traste con el derecho de defensa e impediría de facto el enjuiciamiento o abocaría a una sentencia necesariamente absolutoria".
"La desclasificación solicitada no pondrá en peligro la eficacia, las fuentes de información, los medios y los procedimientos operativos de los servicios de inteligencia, ni la integridad física de quienes son, o fueron, agentes operativos o de sus familiares y allegados", incidía.
CONTRA LA PETICIÓN DEL FISCAL
La Fiscalía le solicitó el procesamiento de 10 los investigados en esta causa, muchos de ellos abogados, y que comunicara al Supremo la existencia de pruebas que apuntan a que Goioaga podría haber colaborado con ETA en la captación de miembros de la banda.
Según el Ministerio Público, Goioaga "actuaba en ocasiones como mediador para captar gente para que se integrara en ETA". La Fiscalía menciona la declaración prestada por un miembro de ETA ante el juez Fernando Grande-Marlaska en la que éste aseguró que Goioaga le comunicó que debía acudir a una cita con un miembro de la organización terrorista en Francia.
Grande-Marlaska acordó en abril de 2010 el ingreso en prisión de cinco de los diez detenidos en esta operación al considerar que actuaban como correos entre la dirección de la organización terrorista ETA y sus presos.