La Fiscalía del Supremo pide que se anule la condena de 15 años a "Abu Dahdah" por conspiración en el 11-S

Actualizado: jueves, 16 febrero 2006 17:47


MADRID, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha emitido un informe en el que pide que se le retire una pena de 15 años de prisión a Imad Eddin Barakat Yarkas, "Abu Dahdah", por el delito de conspiración en los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos por el que fue condenado por la Audiencia Nacional. El Ministerio Público solicita en su escrito, que ha sido presentado hoy ante el alto tribunal, que se mantenga la pena 12 años de prisión por integración en organización terrorista en grado de dirigente a la que también fue condenado.

"Abu Dahdah" fue el único de los 24 procesados en el juicio por la "operación Dátil" que fue condenado por su relación con los atentados del 11-S (el fiscal pedía 74.337 años de prisión para él), ya que la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió a Driss Chebli y a Ghasoub Al Abrash de estar implicados en la organización de esta masacre.

Fuentes de la Audiencia Nacional destacaron que si Barakat es absuelto por el Supremo de su participación en la masacre ya no podría ser juzgado por estos hechos ni siquiera en Estados Unidos, aunque aparecieran nuevos datos contra él. En este sentido, añadieron que la acusación contra el cabecilla de Al Qaeda en España por su vinculación con el 11-S fue prematura y forzada.

El informe de la Fiscalía del Supremo responde a los recursos de casación interpuestos por los 18 condenados por la Audiencia Nacional el 26 de septiembre del año pasado por formar parte de la red terrorista Al Qaeda, o por colaborar con la misma. Por otro lado, el escrito se refiere en su parte final a la excarcelación prevista para mañana de Mohamed Needl Acaid y Mohamed Zaher -condenados a 8 años y 6 meses cada uno-, por agotar el límite legal de prisión provisional antes de que la sentencia sea firme, y pide a la Audiencia Nacional una serie de medidas que garanticen que ambos queden sujetos a la autoridad judicial.

En este sentido, pide que Needl y Zaher comparezcan regularmente ante el Juzgado; que se les prohíba abandonar el territorio nacional; que se les retenga sus respectivos pasaportes y que se establezca una vigilancia policial sobre sus personas "para el adecuado cumplimiento de las medidas" solicitadas y el "aseguramiento de su comparecencia ante la autoridad judicial". El teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín-Casallo, ha dado instrucciones a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que hoy mismo solicite estas medidas al tribunal sentenciador.

ABSOLUCIÓN PARA MERIZIAK Y BENYAICH

El informe de la Fiscalía, de 271 folios, estima dos de los motivos del recurso interpuesto por Barakat Yarkas contra su condena a 27 años de prisión. Del mismo modo, estima tres motivos del recurso de Sadik Meriziak y uno del interpuesto por Abdulaziz Benyaich, y solicita que se les absuelva. Ambos fueron condenados por la Audiencia Nacional a 8 años de cárcel cada uno por pertenencia a organización terrorista. Previsiblemente, ambos serán excarcelados en los próximos días a la vista del criterio mantenido por el Ministerio Fiscal, según fuentes de la Audiencia Nacional.

En lo referente a "Abu Dahdah", considera que los indicios que barajó el tribunal para condenarle por conspiración para los atentados del 11-S son "débiles e inconsistentes, carecen de capacidad suasoria y no cumplen el nivel de exigencia que razonablemente, de manera necesaria, deben cubrir para persuadir y convencer".

De los citados indicios "no fluye de manera natural", conforme a las "reglas de la experiencia, la consecuencia deducida por la Sala acerca de la participación del acusado" en la preparación de los atentados de Estados Unidos. El tribunal sentenciador llegó a la conclusión de que Barakat conoció e hizo suyos los planes que la célula de Hamburgo concibió y que fueron ejecutados el 11 de septiembre de 2001.

Se basó para ello en la relación que "Abu Dahdah" tenía con la célula de Hamburgo, ya que su número de teléfono apareció en una agenda encontrada en un piso de este grupo, y en las conversaciones que mantuvo con un tal "Shakur" días antes de los atentados que, según la Sala, demostraban que el acusado estaba "puntualmente informado" de los atentados. Esta persona le dijo que estaba "metida en la aviación" haciendo un curso y que había "degollado el pájaro".

DECISIÓN "ARBITRARIA E INFUNDADA"

El fiscal entiende que la decisión de la Sala en virtud de dichos indicios, lejos de ser "arbitraria o infundada", no responde a "las reglas de la lógica y de la experiencia, existiendo lagunas en el discurso que dejan sin explicación grandes espacios de su progresión". Añade que la imposibilidad de justificar la participación de Barakat en los atentados del 11-S se debe a la "precariedad, raquitismo e inconsistencia" de los indicios analizados.

Sobre la aplicación del delito de conspiración para la comisión de un homicidio terrorista, el informe de la Fiscalía considera que en la conducta relatada en los hechos probados de la sentencia no se describen los presupuestos de este tipo delictivo: que exista un concierto previo entre dos o más personas para ejecutar un delito determinado. "Mientras no se adopta la decisión de cometer el delito no puede existir conspiración y a lo sumo habrá un acto preparatorio impune", señala el fiscal.

Agrega que la conspiración es una "autoría anticipada" o "participación intentada". Por ello, considera que la Audiencia Nacional le adjudicó "gratuitamente" a "Abu Dahdah" la planificación del atentado terrorista junto con otras personas, ya que los "parcos datos" incluidos en el relato de hechos no podían conducir a esa conclusión.

Según la Fiscalía del Supremo, del conocimiento anticipado que tuvo Barakat sólo se puede inferir un delito de omisión del deber de impedir determinados delitos o de promover su persecución, castigado con un máximo de dos años de prisión por el Código Penal. No obstante, rechaza el "papel codecisor" que atribuye la sentencia a "Abu Dahdah", que no era más que un "mero enterado" del plan diseñado por la célula de Hamburgo, liderada por Mohamed Atta y Ramzi Bin Al Shibh.

SIN PRUEBAS DE QUE FUERA "MUYAHIDIN"

En el caso de Sadid Merizak, la Fiscalía es tajante sobre la ausencia de pruebas con las que fue condenado, ya que, explica, la Audiencia Nacional consideró probado que estuvo en campos de entrenamiento de "muyahidines", a partir del testimonio, recogido por un policía, de un un tal "Yanko", sirio preso en la base americana de Guantánamo, y una dudosa identificación, realizada a partir de notas de agentes italianos, que lo sitúan como la persona que en 1995 cruzó por la frontera ferroviaria de Villa Opicina, en Trieste (Italia).

En opinión de la Fiscalía, sólo existen pruebas de que tenía contacto con "Abu Dahdah" y con otras personas que frecuentaban la mezquita de la M-30 en Madrid, hechos que el propio acusado admitía.

Finalmente, respecto a Abdelaziz Benyaich, hermano "Abu Mujen", el fiscal señala que es forzado concluir que fuera 'muyahidín' y que luchara como tal en Chechenia, en virtud de tres pruebas: su aparición en un vídeo en la época del conflicto bélico, en 1996, pero en actitud no violenta; su estancia en Madrid con nombre falso en el mismo año y su trabajo en el establecimiento de Osama Darra, condenado a 11 años de cárcel.

La sentencia de la Audiencia Nacional el 26 de septiembre del año pasado fue la primera dictada en España contra Al Qaeda. En ella se condenó 18 integrantes o colaboradores de la célula española de la red liderada por Osama Bin Laden a penas de entre 27 y 6 años de prisión. Resultaron absueltos seis acusados, entre ellos Ghasoub Al Abrash, autor de un vídeo de las Torres Gemelas en 1997 y que, según el fiscal de la Audiencia, había servido a los terroristas para perpetrar los atentados.