BARCELONA 14 Nov. (EUROPA PRESS) -
El fiscal jefe de Catalunya, José María Mena, ordenó hoy a los fiscales del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que persigan como atentado a la autoridad los casos de agresiones a profesionales de la enseñanza y la sanidad públicas relacionadas con el ejercicio de su labor.
A través de una instrucción interna, Mena emplazó a los fiscales a aplicar la protección penal que otorga el artículo 550 del Código Penal, por el cual se puede imputar un delito de atentado a los que dañen la autoridad, empleen fuerza, intimiden gravemente o hagan resistencia activa a los agentes o funcionarios públicos.
Mena afirma en el comunicado que las agresiones a los profesionales merecen "la más severa perspectiva jurídico-penal" para defender "bienes jurídicos no sólo individuales, sino también colectivos, de esencial importancia constitucional".
Entre esos bienes, se cita el derecho a la educación, uno de los más "relevantes" que "son fundamento del orden político y de la paz social" según el artículo 10.1 de la Constitución. Para garantizar el disfrute de ese derecho los poderes públicos deben proteger ese derecho amparando a los profesionales que "personifican la realización de tan esenciales objetivos constitucionales".
Según la orden, "las agresiones a estos profesionales significan la perturbación de la función pública que ejercen", lo que impide "el efectivo disfrute" de los derechos consagrados por la Constitución.
FUNCIONARIOS Y PERSONAS QUE EJERZAN COMO TALES.
El texto recuerda que el concepto jurídico-penal de funcionario público no es equivalente al concepto jurídico-administrativo, lo que significa que el Código Penal protege tanto a los funcionarios a ojos de la Administración como a los que ejercen la función pública de enseñar o prestar atención sanitaria.
Del mismo modo se extiende la orden a los profesionales de la sanidad que sufren agresiones, tanto los médicos de la Seguridad Social como los profesionales de la enfermería.
Entre la jurisprudencia citada por Mena para apoyar su orden, destaca una sentencia del Tribunal Supremo de 1991 que consideró funcionario público a un catedrático de universidad agredido tras un examen por un estudiante suspendido.