Gallegas.- La Junta Electoral mantiene la exigencia del DNI para los emigrantes por encima de las objeciones del PSOE

Actualizado: jueves, 29 enero 2009 21:43

Advierte que los votos que no adjunten la documentación requerida no se podrán considerar válidos

(((AMPLIACIÓN)))

MADRID, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) decidió hoy mantener su reciente instrucción que obligará a los emigrantes a adjuntar una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del pasaporte cuando voten en las elecciones, tanto las gallegas y vascas del 1 de marzo como las europeas de junio y las futuras.

En un acuerdo dado a conocer esta tarde, el organismo arbitral ha ratificado su criterio por encima de las aclaraciones planteadas por el PSOE, que había argumentado que la mayoría de los emigrantes carecen de esos documentos y que la introducción de ese requisito dejará sin derecho de voto a buena parte del Censo de Residentes Ausentes (CERA). Los socialistas habían llegado incluso a sugerir la presentación de un recurso ante el Tribunal Supremo.

La controvertida instrucción de la Junta Electoral Central, publicada el pasado 22 de enero a instancias del PP, estableció que, a partir de los comicios del 1 de marzo, los emigrantes deberán incluir en el sobre a enviar a la Junta Electoral Provincial, junto con el sobre y papeleta de votación y el certificado de inscripción en el censo, una fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad facilitado por el consulado de España en el país de residencia.

La exigencia de este requisito tiene una especial incidencia en las elecciones gallegas del 1 de marzo ya que el 27 por ciento de los españoles inscritos en el CERA forman parte de las cuatro circunscripciones de Galicia.

Ante el escrito del PSOE cuestionando la instrucción, el organismo arbitral empieza por aclarar que no hay retroactividad porque aún no había empezado el envío de la documentación electoral a los emigrantes. Es más, la JEC señala que la propia Oficina del Censo ya tiene redactada la hoja informativa para los electores gallegos y vascos inscritos en el CERA donde se remarca que a partir de estos comicios deberán adjuntar la fotocopia del DNI o del pasaporte junto con su voto.

EL DNI ES OBLIGATORIO A PARTIR DE 14 AÑOS

Frente al argumento de los socialistas de que los emigrantes no cuentan con DNI ni pasaporte al ser documentos que sólo se expiden en España, la Junta Electoral replica que el carné de identidad es un documento "obligatorio" para los españoles desde los catorce años de edad y que su fotocopia ya se exige a los inscritos en el CERA en las elecciones municipales. También recalca que no cabe aceptar documentos expedidos por el país de residencia.

En su resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, la Junta Electoral aclara incluso que, cuando haya que realizar el escrutinio de las papeletas, no se tomarán en cuenta aquellos votos que lleguen a España sin la preceptiva fotocopia del DNI o del pasaporte o bien el certificado de nacionalidad.

Según explica, "la comprobación por una u otra vía de la identidad personal del elector es un elemento consustancial" al ejercicio del derecho de voto y su exigencia en el caso de los votantes residentes en el extranjero "se impone con mayor razón" a la vista de las circunstancias singulares de su procedimiento de votación, principalmente por las "obvias dificultades" para actualizar el censo por fallecimientos o cambios de residencia.

LA IDENTIIFICACIÓN ES MÁS NECESARIA CON EL CERA

"En síntesis, las Juntas Electorales Provinciales, en el trámite de escrutinio general, no computarán los votos de electores residentes ausentes que no vengan acompañados de la fotocopia del DNI o pasaporte o del certificado de nacionalidad", resume.

Eso sí, el máximo organismo arbitral avisa que esos votos que no estén convenientemente identificados se conservarán en las juntas provinciales a efectos de posibles reclamaciones o recursos posteriores.