JOSÉ ANTONIO CALAHORRO/ GVA
VALENCIA 12 Abr. (EUROPA PRESS) -
El pleno del Consejo ha autorizado este viernes a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar ante la jurisdicción competente la acción popular en el caso relacionado con el asesinato en la Comunidad Valenciana de una víctima de violencia contra la mujer ocurrido en la localidad de Oliva (Valencia) a manos presuntamente de su pareja sentimental.
Los hechos se remontan a la madrugada del pasado 28 de marzo, cuando una mujer de 33 años falleció como consecuencia de los hechos delictivos presuntamente cometidos por expareja sentimental en la localidad de Oliva.
El suceso no sólo constituye un caso de violencia contra la mujer, sino que también es "un problema de ámbito social público de interés general, que obliga a los poderes públicos a actuar de una manera activa, con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos".
En lo que va de año, once mujeres han sido asesinadas a manos de sus parejas o exparejas en España, y de ellas tres en la Comunidad Valenciana.
La Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dispone en su artículo 36 que la Consejería con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consejo de la Generalitat, el ejercicio de la acción popular, a través del Gabinete Jurídico de la Generalitat o de abogados colegiados, en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunidad Valenciana".
Asimismo, la Ley 10/2005 de Asistencia Jurídica de la Generalitat dispone que corresponde a los abogados del Gobierno valenciano integrados en la Abogacía General la representación y defensa en juicio de la Generalitat.
Además, de acuerdo con esta ley, los abogados de la Generalitat no pueden iniciar acción alguna en nombre de la Generalitat sin estar previamente autorizados a ello por la autoridad competente, siendo el Consejo una de las autoridades competentes para el otorgamiento de las autorizaciones.