MADRID 13 Oct. (EUROPA PRESS) -
La secretaria autonómica de Territorio y Vivienda de la Generalitat valenciana, Cristina Serrano, insistió hoy en que los Planes de Acción Integrada (PAI) no son contratos públicos porque "no hay una contraprestación" y añadió que es "muy difícil asimilarlos a las garantías de un proceso de contratación". Además, dijo que la Generalitat valenciana "está deseando" acudir al Tribunal de Justicia europeo, porque "es la única instancia" donde pueden defenderse "con todas las garantías".
En declaraciones a RNE recogidas por Europa Press, Serrano respondió así al ultimátum que la Comisión Europea lanzó ayer a las autoridades valencianas para que modifiquen la Ley Urbanística Valenciana (LUV) al considerar que incumple la legislación comunitaria en materia de contratación pública. Si en un plazo de dos meses el Consell no responde a esta petición, Bruselas llevará el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Sobre la queja de la Unión Europea de que todavía no existe suficiente publicidad en los anuncios de licitación y en los contratos para la adjudicación de los PAI, indicó que la Generalitat valenciana "está cumpliendo estrictamente la Ley de Contratos del Estado" que es, añadió, a la que se tiene "que remitir para el procedimiento en materia de contratación pública".
En este sentido, remarcó que "no existe en España ni en Europa ningún procedimiento urbanístico que se tenga que anunciar en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas como lo exige con la Ley Urbanística Valenciana (LUV)".
"Otra cosa, agregó, es que algunos preceptos de la Ley de Contratos del Estado están en contradicción con la directiva marco de contratación europea, que es posterior, pero ésta es una cuestión del Estado". Por eso, enfatizó que es el Estado quien "debe de trasponer esa directiva y actualizar la Ley de Contratos del Estado", e insistió en que la Generalitat se remite "sólo y exclusivamente a esta Ley".
Preguntada sobre la posibilidad de que la autoridad que otorga la concesión de la obra pública pueda modificar las condiciones de los contratos en el momento o después de la adjudicación, dijo que "si las condiciones iniciales en las que se celebra un contrato varían, es lógico que existe una cláusula, previa justificación de esa variación, en la que permita el incremento o la retasación de carga". De esta manera, negó que esta cláusula produjera "inseguridad jurídica".
La petición de la Comisión Europea tiene la forma de un dictamen motivado, segunda fase del procedimiento de infracción que el Ejecutivo comunitario abrió contra la LUV el pasado 4 de abril. Bruselas considera que la nueva ley, aprobada en diciembre de 2005, no remediaba las posibilidades de infracción que ya había detectado en la polémica Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU), a la que sustituyó.