Industria establece Las rebajas de invierno del 7 de enero al 6 de marzo y prohíbe adquirir productos para esta época

Actualizado: lunes, 31 diciembre 2007 13:42


LOGROÑO, 31 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Industria ha establecido el periodo de rebajas de invierno del 7 de enero al 6 de marzo. Además, en la revista Comerciantes recuerda a los establecimientos la prohibición de adquirir productos para esta época, o de poner a la venta los deteriorados.

Tal y como publica el Boletín Oficial de La Rioja en su última orden, la actividad de venta en rebajas se efectúa de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Ordenación de la Actividad Comercial y las Actividades Feriales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En esta orden se establece, también, que las rebajas de invierno se desarrollarán del 7 de enero al 6 de marzo, y las de verano del 1 de julio al 31 de agosto.

Con el objetivo de "aclarar" a los comerciantes sus obligaciones, el Gobierno riojano explica, en el primer número de la revista Comerciantes, que las rebajas son periodos de venta en los que se venden los productos a un precio inferior al fijado con anterioridad y en el establecimiento donde se ejerce habitualmente la actividad comercial.

Por tanto, están exentos artículos que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta final "con un mes de antelación a la fecha de inicio de rebajas".

Aunque es el Gobierno autonómico el que marca las fechas límites de las rebajas, corresponde a los comerciantes fijar el periodo en que duran en su establecimiento. La duración será, en cualquier caso, como mínimo de una semana y como máximo de dos meses.

En las ventas en rebajas, recuerda el Ejecutivo, los comerciantes están obligados a aceptar los mismos medios de pago que admiten habitualmente.

En el supuesto de que las ventas con rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados deberán estar identificados y diferenciados del resto.