Jarrai.- La sentencia supone que quien convoque actos en su nombre o de sus sucesoras será procesado como terrorista

La Audiencia Nacional aplaude el fallo del TS, que respalda la tesis mantenida por Garzón y el fiscal Molina contra el entorno de ETA

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 19 enero 2007 18:35

MADRID, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

La sentencia del Tribunal Supremo que condena por integración en organización terrorista a 23 miembros de las organizaciones juveniles abertzales Jarrai, Haika y Segi, cuyo fallo fue dado a conocer hoy, repercutirá de forma directa en las responsabilidades penales que puedan atribuirse a todos aquellos que, a partir de ahora, convoquen actos o realicen acciones delictivas en nombre de esta organización o de sus sucesoras, ya que podrán ser procesados como terroristas, según informaron fuentes de la Audiencia Nacional.

Las mismas fuentes mostraron su satisfacción por el fallo del Tribunal Supremo y señalaron que, a falta de conocer los argumentos del alto tribunal, es "lógico" suponer que se han adoptado las tesis defendidas por el fiscal Enrique Molina y por el instructor del caso, Baltasar Garzón, al considerar a las organizaciones juveniles abertzales parte del entramado de ETA y seguidoras de la estrategia diseñada por la cúpula militar de la banda para extender la "kale borroka".

TESIS DE GARZÓN.

En su auto de procesamiento contra los integrantes de Jarrai-Haika y Segi, Garzón consideraba que estas organizaciones dependían estructural y funcionalmente de Ekin, considerado "brazo político" de ETA, y para ellas la organización terrorista había reservado la comisión de actos que extendieran la "estrategia de lucha" a las caLles mediante alteraciones de la normalidad ciudadana, agresiones a los agentes y daños en bienes e instalaciones.

Así, tanto para el instructor como para el fiscal la realización de las actividades de violencia callejera por parte de los integrantes de Jarrai-Haika, y posteriormente de los de Segi, "obedecían al diseño estratégico del 'frente armado' de ETA como complemento de las acciones armadas del mismo. El aumento o disminución de la intensidad de dichas acciones de violencia era controlado por dicho frente armado, a través de Ekin, y sus ejecuciones reivindicadas internamente por ETA",

Entre las pruebas, se citaba por ejemplo el 'Zutabe' (considerado boletín interno de ETA) de febrero de 2001". Esta estrategia, según las mismas fuentes consultadas en la Audiencia Nacional, resultaba clara del análisis de los papeles incautados tras la caída de la cúpula etarra en Bidart (Francia), algunos de los cuales hablaban de la formación de "grupos Y" para extender la lucha etarra a las calles del País Vasco.

Entre las pruebas presentadas en el juicio que sustentaban esta tesis se encontraban distintos documentos intervenidos a los procesados en los que se promueven y defienden actos de "kale borroka", por ejemplo, como pegatinas con los lemas "Porque la lucha es el único camino", "El mejor regalo es la victoria" o "Los golpes dados a Euskal Herria los recibiréis doblados".

Otros documentos incautados a integrantes de estas organizaciones justificaban el terrorismo diciendo que la juventud vasca es insumisa, recordatorios con el anagrama de ETA de etarras muertos, y logotipos del PP, el PSE y Unidad Alavesa con el texto "Enemigos de Euskal Herria", "Responder duro".

Las mismas fuentes señalaron que habrá que analizar lo que dice el Tribunal Supremo sobre el uso por algunos de los condenados por su pertenencia a Jarrai de "cócteles-molotov" u otros elementos utilizados en la "kale-borroka", que para el tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó los hechos no debían ser considerados como armas propias de un grupo terrorista.

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