La JEC archiva la denuncia del PSOE que acusaba a encuestadoras y medios de omitir datos de los sondeos

Archivo - (I-D) El dirigente del PSOE Javier Izquierdo; el secretario de Organización federal, Santos Cerdán; la presidenta del PSOE, Cristina Narbona; el secretario general del PSOE y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez;
Archivo - (I-D) El dirigente del PSOE Javier Izquierdo; el secretario de Organización federal, Santos Cerdán; la presidenta del PSOE, Cristina Narbona; el secretario general del PSOE y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; - Carlos Luján - Europa Press - Archivo
Publicado: miércoles, 21 junio 2023 20:24

MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha archivado este miércoles la reclamación del PSOE contra las empresas que realizan encuestas electorales Sigma2, GAD3 y Sociométrica y los medios de comunicación 'El Mundo', 'ABC' y 'El Español', a los que acusaba de publicar una serie de encuestas en las que omitían datos de elaboración de los propios sondeos y no cumplían "los requisitos legales para la confección y publicación de encuestas electorales".

El acuerdo del organismo arbitral, al que ha tenido Europa Press, archiva la denuncia del PSOE referida a las empresas demoscópicas por cuando los requerimientos que hace el artículo 69 de la LOREG "no es a quienes realizan las encuestas sino a quienes las publican o difunden". "Por este motivo ni siquiera ha habido que dar alegaciones a estos organismos", aclara.

Respecto a las reclamaciones a los medios de comunicación, la JEC se refiere, en primer lugar, a la encuesta de 'El Mundo' y a la presunta "inexistencia de determinados datos exigidos por el artículo 69.1 de la LOREG", según criticó el PSOE, sobre cuestiones como "la denominación y domicilio de la entidad que realizó el sondeo así como de la que haya encargado su realización".

En este sentido, el periódico de Unidad Editorial reconoce "que faltaban algunos de los datos exigidos" por la normativa electoral, "pero que en ningún caso se impedía al lector apreciar la corrección y realidad de los datos suministrados". Además, tras la reclamación, "se procedió de forma inmediata a realizar las correcciones necesarias, tanto en el formato papel como en el ámbito digital del diario, acompañando los enlaces para su comprobación", por lo que la JEC considera que sí se ha dado cumplimiento al artículo 69 de la LOREG.

Respecto al sondeo de 'ABC', los socialistas se quejaban también por la omisión de datos en su encuestas que exigía el artículo 69.1 de la LOREG, como la "denominación y domicilio de la entidad que realizó el sondeo, así como de la que haya encargado su realización; texto íntegro de las cuestiones planteadas y número de personas que no han contestado a cada una de ellas".

Este diario presentó alegaciones recalcando que "en la propia portada del periódico se indicaba que se trataba de la encuesta de GAD3 para 'ABC', por lo que era explícita la denominación tanto del organismo que realizó el sondeo como de quien encargó su realización", explica, entre otros argumentos. "En consecuencia, aunque efectivamente se omitió ese dato, su conocimiento era fácil de subsanar", reconoce la JEC.

Además, en lo que se refiere al texto de las preguntas y el número de personas que no han contestado, como pone de relieve el medio, "se infieren ambos datos de manera clara de la publicación realizada". "No cabe por tanto considerar que se ha infringido el artículo 69 de la LOREG", concluye el organismo arbitral.

Por último, respecto al sondeo de Sociométrica para 'El Español', el PSOE cuestionó también la omisión de datos. El diario digital aclaró que "incluyeron las especificaciones que entendían suficientes conforme a los usos y costumbres de los diarios españoles, con el fin de no saturar al lector con gran número de datos técnicos". Conocida la reclamación, explica, "han procedido de forma inmediata a su cumplimiento, adjuntando el enlace a la publicación de la encuesta con la ficha técnica corregida". "Comprobado el contenido de dicho enlace, cabe apreciar que efectivamente se han incluido las omisiones denunciadas", afirma la JEC.

Por ello, concluye la JEC, se considera que la reclamación debe archivarse, "bien porque no se ha producido la infracción denunciada, bien porque se ha realizado su inmediata subsanación". Sin embargo, se insta a los referidos medios de comunicación "a que cuando publiquen o difundan encuestas electorales en el futuro incluyan los requerimientos exigidos por el artículo 69.1 de la LOREG".

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