El joven vallisoletano detenido con 48 pastillas de éxtasis alega que eran para consumo compartido con otros amigos

Actualizado: jueves, 18 mayo 2006 18:16

El fiscal no creyó la versión del acusado y los testigos y mantuvo su petición de 4 años de prisión

VALLADOLID, 18 May. (EUROPA PRESS) -

El joven de 21 años Diego P.P, quien en marzo de 2005 fue detenido en posesión de 48 pastillas de éxtasis y distintas cantidades de cocaína y ketamina cuando salía de un local sito en la calle Pozo de Valladolid, alegó hoy, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial, que la mercancía que portaba era para consumo compartido con otros amigos, ya que todos ellos, según dijo, acostumbraban a juntar dinero los fines de semana para comprarla y luego repartírsela.

El acusado, quien negó dedicarse a la venta de drogas, explicó que su detención se produjo sobre las 02.00 horas del día 5 de marzo del pasado año en el momento en que él y varios amigos se disponían a abandonar el referido local, donde la tarde de ese sábado habían estado consumiendo pastillas y alguna raya, con el propósito de desplazarse hasta una discoteca en Aldeamayor de San Martín y seguir allí la juerga.

Diego P.P, en declaraciones recogidas por Europa Press, explicó que normalmente los fines de semana se juntaba con un grupo de amigos, parte de los cuales pagaba la renta por el alquiler del local, y se organizaban para que alguno o algunos de ellos se hicieran cargo de comprar la droga para luego consumirla entre todos, quienes ponían de media entre 50 ó 60 euros. Unas veces el pago individual se realizaba con carácter previo a la compra global y otras a posteriori, en función de lo que cada uno consumiera ese fin de semana.

DEPOSITARIO DE LA DROGA

"En aquella ocasión me encargué yo de comprarla y de guardarla para continuar el reparto en la discoteca", aseguró el acusado, de ahí que en el momento de la detención el agente de la Policía Municipal que le interceptó le ocupara toda la mercancía, en concreto 48 pastillas de éxtasis o MDMA con una riqueza del 70,75 por ciento, así como dos bolsitas con 1,6 gramos de cocaína y una pureza del 50,10 por ciento y otras cuatro bolsitas con 8 gramos de cocaína.

En el registro practicado a continuación en el local el agente localizó varias balanzas de precisión, una de ellas dentro de una caja de caudales, varios trozos de espejo y plásticos con restos de sustancia y diversos útiles para manipular la droga.

Junto al testimonio del acusado, distintos jóvenes comparecieron para corroborar la versión del consumo compartido de la droga pero, al igual que el primero, fueron bastante imprecisos a la hora de explicar el sistema utilizado para el aprovisionamiento de la mercancía y su reparto posterior en las discotecas a las supuestamente que acudían juntos.

Uno de los testimonios menos beneficioso para la suerte del acusado fue el prestado por el joven Iván F.P, quien, pese a su intento por exculpar a su amigo, no pudo por menos de reconocer que en los poco menos de dos meses que acudió al local el suministrador de la droga era siempre Diego P.P, lo que se contradice con la versión de que dicha tarea se encomendaba cada vez a una persona distinta.

En su alegato final, el Ministerio Fiscal optó por mantener su petición de 4 años de prisión para Diego P.P. y el pago de una multa de 1.200 euros al considerar acreditado que éste se dedicaba al tráfico de estupefacientes, mientras que el defensor pidió una sentencia absolutoria basado en la teoría del consumo compartido.