BARCELONA 3 Feb. (EUROPA PRESS) -
El titular del Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona, Ignacio Sánchez García-Porrero, ha impuesto una multa de 600 euros a Alberto S.T. por abofetear a un peatón desprevenido y grabarlo con la cámara de su teléfono móvil al grito de "¡Sonríe, Willy!". El juez consideró "adecuado" rebajar la petición del Ministerio Fiscal, que ascendía a 900 euros, "a pesar de la gravedad y la alarma de los hechos enjuiciados".
El otro procesado, David S.Z., de 26 años, se conformó con la leve multa de 50 euros que el fiscal solicitó para él dado su "arrepentimiento y confesión". El joven aseguró que él sólo conducía el vehículo en el que ambos circulaban cuando iban en busca de sus víctimas y acusó de las agresiones a su compañero. Por su parte, Alberto S.T., de 27 años, no se presentó al juicio, celebrado el pasado miércoles, por lo que fue juzgado en rebeldía.
Según declara probado la sentencia del Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona, Alberto y David habían consumido alcohol la noche en que ocurrieron los hechos, el pasado 10 de enero, y circulaban "sin rumbo fijo" por la carretera de Sants.
En un momento dado, Alberto pidió a su compañero que parara el coche para poder bajarse del vehículo. Acto seguido, el joven puso en funcionamiento la cámara de su teléfono móvil, se acercó a un transeúnte escogido al azar y le dio una bofetada "sin mediar provocación alguna", según relata la sentencia.
Tras la agresión, Alberto subió rápidamente al coche y los dos jóvenes se marcharon del lugar. No obstante, los Mossos d'Esquadra pudieron identificarles y confiscarles los móviles esa misma noche gracias a la llamada de un testigo que denunció el incidente. La Policía autonómica no pudo localizar a la víctima y el ciudadano que presenció la gamberrada tampoco acudió al juicio.
ACCIÓN "INJUSTIFICABLE", SEGÚN EL JUEZ.
El juez considera que los jóvenes son culpables de una falta de maltrato de obra que no causa lesión, ya que los hechos no pueden constituir una falta de vejaciones debido a "la ausencia de denuncia de la persona ofendida".
Según la sentencia, la responsabilidad de David y Alberto se desprende básicamente de la confesión del primero de ellos que, tras mostrar "su arrepentimiento" y reconocer "su reprobable e injustificable acción", manifestó que fue su compañero quien se bajó del coche, golpeó al transeúnte y grabó la acción. A esto hay que añadir los vídeos que los Mossos d'Esquadra encontraron en el móvil de Alberto y la llamada del testigo que presenció los hechos.
Durante el juicio, el fiscal solicitó al juez que impusiera a David la pena mínima "dado el arrepentimiento mostrado por el joven". De hecho, antes de empezar la vista oral, la acusación pública explicó que había llegado a un acuerdo con la defensa del joven, ya que David reconoció los hechos cuando estuvo detenido en comisaría y admitió que era el conductor del coche.
El magistrado ha tenido en cuenta la petición del Ministerio Fiscal y le ha impuesto la pena mínima, diez días de multa a razón de 5 euros diarios, lo que supone un total de 50 euros.
En cuanto al otro acusado, Alberto S.T., el fiscal solicitó que se le impusiera una pena ejemplar "para que no se volvieran a repetir hechos como estos". Por ello, pidió que el juez le condenara a pagar una multa de 900 euros, a razón de 30 euros diarios durante un mes.
Según la Fiscalía, Alberto no tuvo "si no la valentía, la decencia de acudir al juzgado y asumir su responsabilidad" y, por tanto, no demostró "ningún arrepentimiento" ante una "agresión gratuita que ha causado una grave alarma social".
No obstante, el juez ha considerado "adecuado" rebajar la petición del Ministerio Fiscal, "a pesar de la gravedad y alarma de los hechos enjuiciados". El agresor declaró en comisaría que estaba en paro y, finalmente, se le ha condenado a pagar una multa de 600 euros, es decir, 20 euros diarios durante un mes. En caso de que Alberto no la satisfaga, podría cumplir 15 días de prisión.
GRABABA Y AGREDÍA LA MISMA PERSONA, SEGÚN LA DEFENSA.
A la salida de la vista oral, la abogada de David S.Z., Sonia Devesa, aseguró que el joven "lamenta mucho lo ocurrido y pide disculpas a quien haya podido ofender". "Fue una locura de él --del otro imputado--, no sé...", se limitó a decir David cuando el fiscal le preguntó por el motivo de las agresiones.
Según la letrada, su cliente no agredió a ningún peatón, sino que simplemente conducía el vehículo. Es más, Devesa apuntó que fue Alberto quien abofeteó y grabó a los transeúntes. Sin embargo, las imágenes hechas públicas muestran cómo uno de los jóvenes grababa, mientras el otro agredía.
Devesa admitió que los motivos de la agresión son "reprobables" y que, por ello, David "asume los hechos y la responsabilidad penal que conllevan".