Juez del Tribunal de Justicia de la UE avisa que sólo la Comisión puede recurrir al Tribunal por la expulsión de gitanos

Actualizado: viernes, 17 septiembre 2010 16:36

ZARAGOZA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los gitanos residentes en Francia que están siendo deportados por el Gobierno de Francia hacia sus países de origen, principalmente Rumanía, no pueden iniciar por su cuenta un proceso ante los tribunales de la Unión Europea (UE), sino que únicamente la Comisión puede hacerlo ante el Tribunal de Justicia comunitario.

Así se ha expresado el juez esloveno Marko Ileacic en declaraciones a Europa Press. Ileacic es miembro del Tribunal de Justicia de la UE y ha eludido, expresamente, pronunciarse sobre el caso, ya que al pertenecer a esta Corte podría ser designado para ver el caso, si se produjera.

Los gitanos deportados de Francia sí pueden acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que no es un órgano de la UE, sino que depende del Consejo de Europa, ha indicado.

Marko Ileacic ha opinado de esta manera tras asistir, en Zaragoza, a una reunión del Comité Ampliado de la Red de Regiones con Poderes Legislativos (REGLEG), donde ha animado a reforzar el entramado legislativo comunitario para el correcto desarrollo de las regiones con asambleas legislativas.

También ha intervenido el jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos de Comité de las Regiones, Juan Carlos Cañoto Argüelles, para explicar las nuevas prerrogativas de este órgano en el acceso a la Corte Europea de Luxemburgo.

Una de las prioridades de esta Red presidida por el presidente de Aragón, Marcelino Iglesias, es el seguimiento de la puesta en marcha del nuevo Tratado de Lisboa, que entró en vigor el pasado 1 de diciembre, y uno de los elementos que más ha atraído la atención de las regiones con poder legislativo son las novedades en materia de subsidiariedad.

El principio de subsidiariedad tiene por objeto garantizar que las decisiones se tomen lo más cerca posible del ciudadano. En concreto, la Unión, salvo en sus ámbitos de competencia exclusiva, sólo interviene en la medida en que su acción sea más eficaz que una intervención a nivel nacional, regional o local.

Si este principio no es respetado, se puede reclamar ante el Tribunal de Justicia, lo que interesa a las regiones con competencias legislativas, dadas sus responsabilidades similares a las de los Estados miembros a la hora de transponer e implementar la legislación europea en las materias que son de su competencia.

En la Unión Europea existen 73 regiones con características especiales como Parlamentos directamente elegidos y Gobiernos propios que elaboran sus propias leyes, como ocurre en Aragón y en el resto de regiones españolas. Estas se agrupan en una red que actúa para garantizar que este tipo de regiones sean tenidas en cuenta en el proceso decisorio de la Unión Europea.

Las Regiones con poder legislativo están presentes en ocho países miembros de la UE. Son todas las comunidades autónomas españolas, las regiones de Italia, los länder de Alemania y Austria y las regiones y comunidades lingüísticas de Bélgica.

A éstas se suman algunas regiones de otros países como el Reino Unido, que tiene tres regiones con competencias legislativas (Irlanda del Norte, Escocia y Gales). En Portugal pueden legislar Azores y Madeira e incluso en Finlandia, las Islas Äland, que gozan de una autonomía reconocida. En su conjunto las regiones con poder legislativo representan al 43,5 por ciento de la población de la UE.

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