Julián Muñoz niega trato de favor hacia el ex teniente alcalde de Marbella Pedro Román para acondicionar un camino

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 14 junio 2006 16:54

MÁLAGA 14 Jun. (EUROPA PRESS) -

El ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz negó hoy cualquier trato de favor hacia el entonces primer teniente de alcalde Pedro Román para realizar en septiembre de 1998 unas obras que, según dijo, eran de acondicionamiento de un camino en una parcela propiedad de la sociedad Development Project, al norte de la urbanización Marbella Sierra Blanca.

El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga celebró hoy el juicio contra Muñoz por un delito contra la ordenación del territorio tras la denuncia presentada por dos vecinos, proceso en el que el fiscal no acusa y pide la absolución, al considerar que los terrenos no son de especial protección. Asimismo, también están acusados Román, su hijo y el administrador único de una empresa, Juan D.C.

Así, el ex regidor declaró ante el juez que no conocía que Román estaba vinculado a la empresa que solicitó la licencia y que "nunca" recibió la visita de éste o de su hijo para que mediara sobre el permiso, que fue concedido mediante un decreto firmado por él como alcalde accidental. Dijo que si no había expediente en este caso "debería estar sentado en el banquillo quien no lo custodió".

En este sentido, Muñoz insistió, como ya hizo la pasada semana en otro procedimiento también por delito urbanístico, en que "jamás" vio un expediente cuando se aprobaban las licencias de obra, las cuales "venían de Urbanismo o en su caso de Planeamiento a través de los famosos cuadernillos".

"Entiendo que el arreglo de un camino, de pequeña longitud, mejora, en cualquier sitio, nunca empeora", señaló el regidor, quien negó tajantemente que Román le ordenara "nada" respecto a esta aprobación.

CHANTAJE

Por su parte, el ex edil Pedro Román aseveró que los denunciantes está "instrumentalizando la justicia", por lo que no respondió a las preguntas de la acusación; y precisó que fue "chantajeado, porque me dijeron que iban a utilizar esta causa penal si no les vendía este terreno a un precio ridículo". Consideró que las actuaciones fueron "un acondicionamiento interior de parcela" y que parte de ellas las hicieron los propios vecinos que denunciaron.

Señaló que esa parcela siempre fue zona verde privada y que, aunque fuera reserva de autopista, en ese momento "ya había previsto otro trazado". Además, dijo que "posiblemente" fuera él quien diera la orden de ejecutar esas actuaciones, pero lo achacó a que los funcionarios de Medio Ambiente del monte público colindante "me decían que era bueno adecentar el camino".

Por último, aseveró que "no recibió" trato de favor alguno por parte del Ayuntamiento porque "ni le presté atención a ese cacho de camino" y explicó que tuvo "absoluta fe" en esos terrenos propiedad de su empresa familiar, los cuales adquirió a través de una sociedad que tuvo que sanear. Posteriormente, "me aconsejan mis asesores el cambió de su patrimonio a otra empresa", dijo.

El hijo de Román declaró que no tenía relación alguna con la empresa ni intervino en la solicitud de la licencia para las obras, al asegurar que "sólo hacía labores de traducción" para la empresa. Aseveró que, incluso, los funcionarios de montes pasan por la propiedad para lo que tienen llave de una cancela instalada.

Por su parte, el responsable legal de la empresa negó que ordenara las obras así como que la orden la diera Román, de quien dijo "velaba porque se cumpliera la legalidad". Además, confirmó que ya existía un camino, por lo que señaló que las actuaciones serían más "un ensanchamiento".

La acusación particular solicita la pena de un año de cárcel y ocho de inhabilitación para el ex alcalde y dos años y seis meses de prisión y dos de inhabilitación para Pedro Román, al considerar que concurre la circunstancia agravante de prevalerse de su puesto como edil en el Consistorio marbellí; mientras que para su hijo y para el administrador de la entidad solicita dos años y un mes de cárcel y el mismo tiempo de inhabilitación.

En su escrito de conclusiones provisionales, al que tuvo acceso Europa Press, los denunciantes consideraban que dichas actuaciones "excedían de la licencia solicitada y concedida", ya que se autorizó sólo la habilitación de un camino de acceso al interior de la parcela y posterior asfaltado, aunque se terminó instalando una red de alumbrado, saneamiento, abastecimiento de agua y farolas.

Por su parte, el fiscal mantuvo su calificación inicial y por tanto la petición de libre absolución, ya que considera que los hechos no son constitutivos de delito porque las obras "no afectan a Monte Público ni a la Reserva Nacional de Caza de la Serranía de Ronda".

En sus informes, apuntó que se trata de una obra "menor" que, además, "no contradice las determinaciones del plan aplicable". Asimismo, en sus conclusiones iniciales, estimaba que "no consta" que la autorización de las actuaciones ejecutadas al margen de la licencia "fueran determinadas por la mediación" de Pedro Román o de su hijo.

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