La junta electoral avala suspender las elecciones y estima que debe repetirse el "proceso íntegro"

Urnas Galicia en las elecciones autonómicas del 21 de octubre de 2012.
Urnas Galicia en las elecciones autonómicas del 21 de octubre de 2012. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 18 marzo 2020 14:10

Dice que la Diputación Permanente no es "imprescindible" para este procedimiento y exime de dar audiencia a la totalidad de candidaturas

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

La junta electoral ha avalado la suspensión del proceso electoral, como han pactado las principales fuerzas políticas, y señala que la decisión de que no se celebren se puede "adoptar por el presidente de la Xunta", a la vista del estado de emergencia sanitaria y el estado de alarma declarados.

De hecho, el decreto está previsto que se apruebe por el Consello de Xunta este miércoles, que esperaba el visto bueno del árbitro electoral sobre el documento acordado con los partidos políticos.

Además, la junta electoral entiende que debe procederse, con posterioridad a la "repetición íntegra del proceso" electoral, como lo que "mejor se ajusta para que la futura votación pueda realizarse en libertad de concurrencia, votación y ejecución sin solución de continuidad".

Tal y como ha informado el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG), en la sesión celebrada este miércoles --después de una anterior el martes--, se examinó el borrador de decreto remitido por la Xunta, junto con las alegaciones enviadas por los partidos políticos, sobre la suspensión de las elecciones al Parlamento de Galicia el 5 de abril como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del covid-19.

La junta electoral estudió la consulta realizada por el Gobierno autonómico, cuyo presidente, Alberto Núñez Feijóo, mantuvo un segundo encuentro virtual con las principales fuerzas políticas este martes, y las alegaciones del PSOE, Galicia en Común-Anova Mareas y BNG.

"REPETICIÓN ÍNTEGRA"

El órgano que arbitra las elecciones ha reafirmado su acuerdo del 12 de marzo, en el que se decía que para celebrar una cita electoral debían darse las condiciones adecuadas para su desarrollo en libertad de concurrencia, votación y ejecución sin solución de continuidad. También decía que para la suspensión de cualquier proceso debía darse un consenso.

En la situación actual, señala el TSXG, la "repetición del proceso es lo que mejor se ajusta" a las premisas de que se puedan acudir libremente a actos de precampaña, campaña electoral y votaciones. La campaña daría comienzo en la medianoche de este jueves 19 al 20 de marzo.

Además, la junta electoral ha resuelto que la decisión de que las elecciones autonómicas no se celebren el 5 de abril "puede adoptarse" por el presidente de la Xunta a la vista del estado de emergencia sanitaria declarado en el acuerdo de la Comunidad gallega por el que se activó el Plan territorial de emergencias para Galicia en su nivel de interés gallego.

A ello, la junta electoral suma el Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, que limita "completamente" las condiciones para el desarrollo normal de un proceso electoral.

"EXIMEN" DE MAYOR AUDIENCIA

"Los elementos de referencia tienen tal notoriedad, que eximen en el presente caso de que se otorgue una audiencia completa en términos jurídicos del texto de las candidaturas presentadas", un total de 55 por las cuatro provincias gallegas, a la vista de que las "noticias sobre los estados declarados constituyen, como se dice, hechos notorios en la Comunidad".

Es decir, valida que el consenso se haya adoptado tras una consulta con las principales fuerzas, que presentan candidaturas en las cuatro provincias, si bien hay más formaciones o coaliciones que han presentado también por todas las provincias.

DIPUTACIÓN PERMANENTE

Sobre el funcionamiento de la Diputación Permanente del Parlamento, el órgano que se queda de guardia en periodos no hábiles y que también es el que funciona entre legislaturas, la junta electoral entiende que la "relevante función institucional (de este órgano) no es imprescindible para el desarrollo de este procedimiento en concreto".

La junta electoral también determina que las garantías de pluralismo, participación y transparencia del procedimiento electoral que recoge el decreto aseguran las bases necesarias para que, superada la situación de alarma, "se puedan desarrollar" bajo las premisas expuestas.

El decreto que elevó la Xunta de Galicia señala que se suspenden las elecciones autonómicas convocadas para el 5 de abril y fija que el presidente gallego volverá a convocarlas una vez finalice el estado de alarma declarado. Eso sí, se hace una previsión legal que no contempla actualmente el Estatuto de Autonomía pero que, dada la situación, se ha acordado por parte de todas las fuerzas políticas, que han destacado la voluntad de "consenso" y acuerdo.

De esta forma, Feijóo "oirá" a las fuerzas políticas y a su gobierno antes de determinar la nueva fecha electoral, un horizonte no cerrado pero que según las fuentes consultadas por Europa Press apunta al otoño, cuando finalizaba la legislatura.

En este sentido, entiende que los elementos temporales referidos a la nueva convocatoria "garantizan el inicio del proceso en condiciones de igualdad" para los que intervienen en él.

El plazo temporal se computa desde el día de la publicación del decreto, algo previsto para las próximas horas, por lo que se deja sin efecto la celebración de las elecciones al Parlamento de Galicia del 5 de abril.

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