La Junta Electoral rechaza la consulta del PSOE de Ávila contra la jefa de Familia de la Junta como candidata del PP

Actualizado: viernes, 22 febrero 2008 15:25

ÁVILA, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Provincial de Ávila rechazó la consulta del PSOE contra la candidata número tres al Congreso del PP, María Ángeles Ortega, por acudir a actos del departamento de Familia de la Junta, que ella dirige.

El acta de la junta electoral considera "improcedente dictar instrucciones generales sobre el desarrollo de actividades públicas por los candidatos", tras la consulta socialista, en la que se consultaba si las actividades de Ortega como jefa del Departamento de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en la provincia como cargo de libre designación, "se acomodan o contravienen la legislación electoral, partiendo del principio de igualdad de oportunidades que ha de regir cualquier contienda electoral".

Citaron actos públicos de la Junta que "resultan imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos", aludiendo a que se trata actividades institucionales que contravienen la Ley Electoral".

"Creemos que debe ordenarse" a la candidata , que "se abstenga de acudir a actos o reuniones que se celebren en los centros o dependencias que dependan del departamento que ella dirige en la provincia de Ávila, pues en caso contrario se estaría colocando al resto de formaciones en franca desventaja", añadió el secretario provincial. "Toda vez que no renunció a su puesto para hacer campaña", indicaron los socialistas.

Por su parte, el Partido Popular alegó al recurso socialista "al no poderse efectuar una prohibición de futuro, salvo que se extienda a todos los candidatos".

También el PP indicó en el escrito enviado a la Junta Electoral, que le otorga la razón, que una decisión de ese tipo "sería inconstitucional, por genérico, por no referirse a actuaciones concretas", a la vez que acusó del "tono tendencioso, irrespetuoso e incluso coactivo" del escrito del PSOE hacia la candidata número tres al Congreso.

"Es difícilmente compatible el efectuar una consulta y a su vez tachar de ilegales determinados actos que la candidata del PP realiza en el normal desarrollo de su cargo, aunque no éste ni aquella sean del agrado del PSOE", indicaron en las alegaciones,

Niegan -se añade- que "cualquiera de los actos hayan sido irregulares o incursos en prohibición legal, así como negamos que pueda efectuarse una petición de prohibición genérica de actuaciones futuras de la candidata".

También aludió el PP a pronunciamientos de la Junta Electoral Central sobre que no cabe pronunciamientos previos al respecto y que "no cabe genéricamente prohibir" la inauguración de obras terminadas, y explican que según la doctrina del máximo órgano electoral "cada actuación hay que enjuiciarla individualmente".

"En otro caso, deberíamos plantearnos la legitimidad del candidato al Senado, actualmente alcalde de Navarrevisca, que utiliza su ayuntamiento para presentar a los vecinos de su municipio la candidatura del PSOE", añadieron.