Justicia avala la prohibición de inscribir a una persona con el nombre de Lenin

El ministerio está estudiando soluciones para unificar criterios en los registros civiles ante la "disparidad" en las decisiones

Europa Press Nacional
Actualizado: domingo, 31 marzo 2013 13:59

MADRID, 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Justicia respalda la prohibición que se emitió desde el Registro Civil a la hora de inscribir a una persona con el nombre de Lenin, ya que, aunque reconoce que en este caso se trata del seudónimo de alguien, alega que dicho nombre "puede ser confundido con el apellido".

En respuesta a una pregunta escrita por el diputado de IU Gaspar Llamazares, el departamento que dirige Alberto Ruiz-Gallardón contesta que la prohibición para inscribir un nombre que "infringe las normas establecidas" en el Registro Civil afecta tanto a recién nacidos como a extranjeros que adquieren la nacionalidad española.

Este último supuesto es el que ejemplifica el caso al que se refiere Llamazares en su pregunta, a lo que el Gobierno le contesta que para el extranjero que adquiere la nacionalidad "ha de consignarse en su inscripción de nacimiento en el Registro Civil español el nombre propio que figure en la certificación extranjera de nacimiento".

LA GENTE CREE QUE 'LENIN' ES APELLIDO

Sin embargo, el nombre deberá ser sustituido por otro "ajustado a Derecho" si infringe "las normas establecidas", según las cuales "están prohibidos los nombres que hagan confusa la identificación de las personas".

El Gobierno explica que este es el caso de 'Lenin', ya que, según la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado, están prohibidos los nombres que hagan confusa la identificación de las personas cuando el nombre puede ser confundido con un apellido, pero también cuando el nombre se identifica con un "seudónimo que para el sentir popular se puede entender como apellido".

"Cuestión distinta sería que lo que se tomara del personaje histórico en cuestión fuera el nombre, en cuyo caso no habría obstáculo legal", señala el Ministerio de Justicia en su respuesta parlamentaria.

"DISPARIDADES INDESEABLES"

En cualquier caso, admite que este tipo de inscripciones corresponde al encargado del Registro Civil competente "a cuyo enjuiciamiento se debe someter la misma", por lo que dice ser "consciente" de que pueden producirse "disparidades indeseables" en las decisiones de unos registros y otros en casos similares.

"El Ministerio de Justicia es consciente de los problemas derivados de la disparidad de resoluciones que puedan producirse y de la importancia de la inscripción del nombre elegido, cuya interpretación debe ser restrictiva y cuidadosa", explica.

Por ello, asegura que está realizando "un análisis de las posibles soluciones a adoptar con vistas a clarificar y unificar criterios para garantizar la coherencia en la solución", y que se plasmarán "en cuanto terminen los trabajos preparatorios en una instrucción".

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