Juzgan a un médico y un celador por no asistir a un hombre que sufrió un infarto en plena calle, en Sevilla

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 18 septiembre 2006 20:07

SEVILLA 18 Sep. (EUROPA PRESS) -

Un jurado popular enjuiciará en la Audiencia Provincial de Sevilla el caso de un médico y un celador acusados de haberse negado a asistir a un hombre que sufrió un infarto mientras conducía su vehículo cerca del centro de salud 'Mercedes Navarro', situado en el Parque Alcosa de Sevilla. El individuo fue hallado ya sin vida cuando acudió al lugar una ambulancia del 061. El fiscal los acusa de un presunto delito de omisión del deber de socorro.

Según consta en el escrito de acusación del ministerio fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, los hechos ocurrieron sobre .as 7.30 horas del 11 de enero de 2001, cuando el celador y el médico procesados se hallaban cumpliendo su servicio de guardia en el citado centro de salud.

Sobre dicha hora, el ahora fallecido, de 49 años, conducía su automóvil por la calle Alfafar, a la altura del cruce con la calle Paterna, cuando sufrió un infarto. Entonces, se desvaneció y perdió el control del vehículo que se empotró contra unos contenedores de basura; el conductor quedó aún con vida en el interior.

A los pocos instantes, comenzaron a acudir personas al lugar para ver lo que había sucedido y una de ellas, a las 7.41 horas, telefonó al 061, mientras, y prácticamente al mismo tiempo, un hombre de los allí presentes, tras comprobar que el accidentado aún vivía, optó por dirigirse hasta el centro de salud 'Mercedes Navarro', situado a una distancia de unos 50 metros del lugar.

Así, sobre las 7.50 horas, y tras pulsar el timbre de la puerta del complejo sanitario, fue atendido por el celador acusado, a quien le comunicó que a unos 50 metros había una persona que precisaba auxilio médico; el celador le contestó que no podían acudir, siempre según el ministerio público, y que llamarían a una ambulancia.

A los tres minutos, el celador llamó al 061 solicitando ayuda, indicándosele desde dicho servicio que ya se dirigía al lugar un equipo de emergencias. Tras realizar la llamada, el celador comunicó la incidencia al doctor también procesado, quien igualmente decidió no abandonar el centro de salud y no prestar la ayuda solicitada.

Al cabo de unos minutos se presentó en el lugar una UVI móvil del 061 que acudió al lugar tras ser alertada como consecuencia de la primera llamada que se recibió en dicho servicio.

Con todo, los servicios médicos de la UVI móvil ni siquiera intentaron reanimar al paciente tras comprobar que ya había fallecido y que cualquier servicio médico sería inútil. El paciente falleció de forma súbita por el infarto, indicó el fiscal, "sin que la falta de cuidados médicos inmediatos fuese la causa de la muerte".

Para el ministerio público los hechos son constitutivos de un presunto delito de omisión del deber de socorro por el que solicita para cada acusado la pena de nueve meses de multa con cuota diaria de 15 euros, así como inhabilitación especial para ejercer sus profesiones --de médico y celador-- durante siete meses.

Por su parte, la acusación particular entiende que los hechos constituyen un presunto delito de denegación de asistencia sanitaria por el que pide para cada uno de los acusados una multa de 12 meses a razón de seis euros diarios, además también de inhabilitación especial para el desempeño de su profesión durante un año.

Los hechos serán juzgados a partir del próximo 23 de octubre en la Audiencia Provincial de Sevilla.

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