BILBAO 9 Jul. (EUROPA PRESS) -
El delegado del Gobierno en el País Vasco, Paulino Luesma, ha ordenado al Abogado del Estado la interposición ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de 19 recursos contenciosos-administrativos contra otras tantas resoluciones del director de Deportes del Gobierno vasco por las que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los Estatutos de diversas Federaciones Vascas Deportivas.
En concreto, las resoluciones se refieren a las federaciones de ciclismo, karate, deporte adaptado, balonmano, juegos y deportes vascos, atletismo, natación, lucha y sambo, halterofilia, gimnasia, surf, hípica, triatlón, automovilismo, rugby, judo y deportes asociados, ajedrez, actividades subacuaticas y tiro olímpico.
CARACTER ESTATAL DE LA LEY VASCA
Según informó la Delegación del Gobierno en el País Vasco, la Ley del Deporte de Euskadi, en la que se fundamentan todos los Estatutos ahora recurridos, fue impugnada por el Gobierno central ante el Tribunal Constitucional "debido a que, básicamente, pretendía otorgar al deporte vasco una representación de carácter estatal e internacional que, en opinión del Gobierno, vulneraba el artículo 149-1-3 de la Constitución española". Este artículo confiere al Estado la competencia exclusiva en materia de relaciones internacionales.
La Delegación del Gobierno recuerda también que el propio Tribunal Constitucional acordó en su momento la suspensión del artículo relativo a la representación de las federaciones vascas (16.6), más allá de su ámbito territorial.
Además, explica que las resoluciones ahora impugnadas recogen, en los artículos 5 y 6-a) de cada estatuto, disposiciones similares a la de la citada ley, por lo que, para el delegado del Gobierno, "se oponen a la normativa estatal en materia de deporte" y, por ello, se ha solicitado expresamente su suspensión.
Asimismo, añade que, a la hora de determinar la composición de la Asamblea General y de la Junta Directiva (arts. 17 y 27), los Estatutos de las Federaciones recurridos no respetan el plan de igualdad de la ley vasca 4/2005 y el Decreto de Federaciones Deportivas, que obliga a las mismas a adoptar planes de ejecución de la igualdad en la esfera deportiva y en el de la gestión, "lo cual puede determinar la nulidad de dichas disposiciones".