Mantienen retención de indemnización a la madre biológica de dos niños declarados en desamparo y dados en adopción

Actualizado: martes, 20 junio 2006 19:59

SEVILLA, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juez titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha emitido un auto por el que confirma "íntegramente" la providencia impugnada por la que se decidió retener la indemnización de 1.703.600 euros en favor de Carmen Fernández, la madre biológica de los menores Iván y Sara, que fueron en septiembre de 1998 y que la Audiencia consideró hace cinco meses que la retirada fue irregular, desestimando así el auto presentado el abogado de ésta, Gabriel Velamazán, por el que se pedía la entrega inmediata del dinero.

El letrado informó a Europa Press de que, según el auto, tampoco ha lugar a la imposición de multa de 6.000 euros que solicitó esta parte a la Junta (entendiendo que obró con "mala fe procesal") y que en el mismo se expresa que "se ha de entender que la medida de suspensión de la ejecución corresponde al Tribunal Constitucional (TC)". Con todo, se añade que "a elección de la recurrente puede dilatarse la entrega de la cantidad consignada --por el Ejecutivo andaluz-- hasta que el TC se pronuncie, o bien instarla con carácter inmediato a que preste una caución suficiente y adecuada a fin de garantizar la restitución íntegra" de la cantidad, lo que supondría que la mujer tendría que presentar un aval por el mismo importe.

Según adelantó hoy Diario de Sevilla, el auto del juez, fechado el día 13, parte del reconocimiento de que la medida de suspensión de la ejecución de una sentencia --la entrega de la indemnización-- corresponde al Constitucional en la fase de admisión del recurso de amparo, según el artículo 56 de la ley orgánica del Alto Tribunal. Pero el magistrado consideró también que "lo cierto y verdad es que se ha de realizar una interpretación que garantice la indemnidad y efectividad de esa posible decisión, adoptando, por prudencia, y mientras que el Alto Tribunal se pronuncia al respecto, las debidas cautelas a fin de que, en caso de entregar sin más la cantidad consignada, no se pueda despojar a la parte recurrente de amparo de la posibilidad de resarcimiento".

El abogado presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla contra este nuevo auto judicial y, en una carta, relató irónicamente que "Carmen Fernández, su familia y su abogado están exultantes. Han hecho falta diez años, pero por fin han recibido una notificación favorable a sus pretensiones por parte del Juzgado de Familia 7".

En la misiva, el letrado añadió sarcásticamente que "la razón última de nuestro gozo es que --según el juez-- para poder disponer del dinero, Carmen Fernández únicamente, y en el ejercicio de la facultad de elegir que se le confiere, deberá prestar caución por la totalidad del importe. Conocida esta noticia se ha puesto en contacto con sus asesores financieros y dudan entre si dejar en garantía las joyas de la familia, la cartera de acciones con cotización bursátil o los depósitos a plazo fijo. Disipada esta duda jurídico-financiera, la señora Carmen se trasladará a Sevilla y recogerá la suma referida. Gracias de corazón".