MALAGA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
El jefe del Servicio Jurídico-Administrativo del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) aseguró hoy que "de todo lo que entraba en urbanismo, hasta que ha entrado la gestora en Marbella, se daba cuenta a Juan Antonio Roca", quien declaró como testigo en el mismo juicio, negando este extremo y achacando esa responsabilidad al entonces alcalde, Jesús Gil.
Este funcionario declaró como testigo en la vista oral celebrada en el Juzgado de lo Penal número 2 contra Julián Muñoz y siete concejales por un delito contra la ordenación del territorio, al conceder a la empresa Moansa en 1996-1997 licencias para construir seis chalés pareados sobre zona verde. El juicio quedó visto para sentencia.
El testigo señaló hoy al juez que los listados o "cuadernillos" con las licencias que se debían aprobar en la comisión de gobierno "venían de Roca y de Planeamiento 2000", aunque fueran con el encabezado de la Delegación de Urbanismo; aunque también aseveró que el alcalde tenía las competencias en esta materia.
Asimismo, precisó que era "una práctica habitual" que se resolvieran expedientes urbanísticos que estaban pendientes aún de informe técnico y señaló que se producían otros casos "más llamativos" como otorgar licencias que no habían sido solicitadas.
"He conocido licencias que se han dado de oficio, ni siquiera con solicitud", apostilló, al tiempo que señaló que algunas "se daban en cuatro horas" y que es "poco tiempo" el dar una licencia en menos de un mes, como es el caso de la concedida a Moansa.
Asimismo, habló de "confusionismo" en el Ayuntamiento, porque se hablaba de "asesorías jurídicas que no existían y de que Planeamiento 2000 y Urbanismo eran lo mismo, cuando no era así". Respecto a su servicio, insistió en que siempre informaron sobre el plan del 86 y explicó que se desmanteló cuando comenzaron a llegar las querellas.
En este punto, relató que en una reunión preparatoria, Gil "anunció que había problemas porque con los informes se estaba imputando a ediles que iban a terminar en la cárcel". Tras esto, según dijo, se desmanteló el servicio jurídico "en favor" de unos externos, debido a que "los informes que hacíamos no se ajustaban a los intereses".
El jefe del Servicio Jurídico opinó que el Ayuntamiento "nunca" ha estado interesado en tener un plan de ordenación y aseguró que en una misma comisión de gobierno se concedían licencias tanto adecuadas al plan del 86 como aplicando la revisión del planeamiento, conocida como plan del 98.
Por último, señaló, a preguntas de uno de los abogados, que precisamente llevó temas penales de Roca, que denunció estas prácticas ante la Junta de Andalucía y calificó de "irritante" la cuestión. "Algunos letrados podrían haber hablado de ello, porque, aunque llevo años alejado del núcleo de poder, parece que soy el único con memoria histórica", apostilló.
FISCAL
El fiscal Anticorrupción mantuvo en sus informes finales que los imputados "tenían pleno conocimiento" de que estaban actuando contra la norma, al aprobar una licencia en un suelo según la calificación de un plan "que era ineficaz", en referencia a la revisión del 98, que no había sido aprobada por el órgano competente, que era la Junta de Andalucía.
No obstante, se rebaja la petición de dos años a 18 meses de prisión y ocho de inhabilitación para los ediles a los que les imputa un delito continuado, que son Julián Muñoz, Mario Jiménez, Manuel Calle y María Luisa Alcalá, por participar en las dos comisiones de gobierno en las que se concedieron tanto la licencia al proyecto básico como la del proyecto de ejecución.
Asimismo, rebaja de 18 a 14 meses y a siete años de inhabilitación la pena solicitada para Pedro Román, Rafael González, José Manuel Pomares y Juan Antonio Yagüe, por un delito urbanístico, ya que éstos sólo participaron en una de las comisiones de gobierno. Así, el representante del Ministerio Público habla de un supuesto específico y agravado de la prevaricación administrativa donde existe el dolo o intencionalidad.
Además, puso de manifiesto las contradicciones de los procesados respecto a lo declarado en fase de instrucción y en el juicio oral, rechazando todas las alegaciones y argumentos planteados por las defensas respecto a que la comisión de gobierno no tenía competencias urbanísticas y sobre que esta comisión no era un órgano colegiado.