Metro de Barcelona pagará 10.433 euros a dos pasajeras aprisionadas por las puertas de un vagón del que bajaban

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 6 julio 2007 19:37

BARCELONA 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha condenado a Ferrocarril Metropolità de Barcelona (FCMB), dependiente de Transports Metropolitans de Barcelona (TMB), a indemnizar con 10.433,19 euros a dos pasajeras lesionadas tras quedar atrapadas por las puertas de un vagón cuando se iban a bajar.

Según la sentencia de la Sección Decimoséptima de la Audiencia, FCMB debe pagar a María Rosa F.B. 4.218,93 euros y abonar a Mercedes B.T. 6.214,26. De esta manera, la Sala revoca parcialmente el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona, que consideró que la segunda pasajera debía recibir 42.311,96 euros.

La Audiencia de Barcelona ha decidido rebajar la indemnización tras estimar el recurso de apelación presentado por FCMB y su aseguradora, ya que "no puede concluirse" que Mercedes B.T. necesite ayuda de una tercera persona para realizar las actividades de la vida cotidiana debido al accidente, sino "más bien" por el "lógico deterioro físico que comporta su edad".

En este sentido, también rechaza que se deba aplicar el factor de corrección por perjuicios económicos, ya que la víctima tenía 88 años en el momento del accidente y, por lo tanto, superaba el límite de edad laboral, que es el que se tiene en cuenta en estos casos.

FCMB recurrió la sentencia de primera instancia al entender que faltaban pruebas que demostrasen la forma en que se produjeron los hechos. Las dos mujeres, por su parte, aseguraban que las lesiones fueron provocadas porque el tren inició su marcha mientras estaban atrapadas.

La Sección Decimoséptima, por su parte, cree que "no resulta factible" que el tren iniciase la marcha estando las dos mujeres atrapadas entre las puertas, pero asegura que el hecho de intentar el reinicio pudo causar el movimiento brusco al que hicieron referencia las víctimas y ser el origen de sus lesiones.

La Sala entiende que lo ocurrido es que las dos pasajeras salieron despedidas del vagón mientras intentaban liberarse, ya que las puertas se abrieron repentinamente al no haber un dispositivo que permita su apertura automática cuando una persona queda atrapada.

Además, según la sentencia, "no consta acreditado" que la señal de aviso de cierre de puertas sonase antes de que las demandantes quedasen atrapadas y, por tanto, es posible que el conductor "hiciese sonar la señal acústica al mismo tiempo que cerrase las puertas".

Por último, la Sala alega que era FCMB quien debía acreditar que había actuado de manera correcta y "no lo ha probado", por la cual cosa entiende que es responsable de lo sucedido y que debe indemnizar con un total de 10.433 euros a María Rosa F.B. y a Mercedes B.T.

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