Las notarías ya pueden obtener vía telemática la información para certificar últimas voluntades

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 18 abril 2008 19:05

MADRID 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Justicia informó hoy de la puesta en marcha progresiva de un servicio que permitirá la obtención de certificados de última voluntad en las notarías españolas gracias a la creación de una red telemática que conecta a este colectivo con el Registro General de Actos de Última Voluntad. Se prevé que en el transcurso del mes de mayo todas las notarias puedan ofrecer este servicio a los ciudadanos.

El desarrollo de esta tecnología es fruto de un convenio suscrito entre el Ministerio de Justicia y la Agencia Notarial de Certificación (ANCERT), sociedad constituida por el Consejo General de Notariado.

En virtud de este acuerdo, los ciudadanos podrán acudir a cualquier notario para solicitar el certificado de últimas voluntades sin tener que acudir físicamente al Registro General de Actos de Última Voluntad de la Dirección General de Registros y Notariado. Se trata de documentos con firma electrónica.

Hasta ahora, las vías para solicitar el certificado eran la presencial o por correo, tanto el autor del testamento (en vida), como cualquier otro solicitante que aportara la documentación necesaria, una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento del causante.

En ambos casos es imprescindible pagar una tasa (3,40 euros) a través del formulario 790 (disponible en las Gerencias Territoriales de Justicia, en los Registros Civiles, en los Registros del Ministerio de Justicia o a través de Internet). Además, es necesario justificar el pago de la tasa o certificación mecánica de la autoliquidación en el banco o caja de ahorros.

Con la nueva vía que posibilita la obtención del certificado a través de las notarías, el solicitante puede satisfacer el pago en cualquier banco o caja de ahorros colaboradora en la recaudación tributaria -la práctica totalidad de las mismas-, en la notaría o en el portal web del Ministerio de Justicia, cumplimentando el modelo 790 y realizando el pago a través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria.

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