PSE, PP y UPyD registran la proposición de ley de modificación de la Ley de reconocimiento a las víctimas del terrorismo

Actualizado: jueves, 7 junio 2012 19:45

Víctimas asentadas fuera de Euskadi participarán en la definición de políticas públicas de Memoria


BILBAO, 7 Jun. (EUROPA PRESS) -

PSE, PP y UPyD ha registrado en la Mesa del Parlamento vasco la proposición de ley de modificación de la Ley de reconocimiento y reparación a las víctimas del terrorismo, en la que se insta a las administraciones vascas a crear cauces de comunicación con víctimas de acciones terroristas asentadas fuera de Euskadi, para impulsar su participación en la definición de políticas públicas de Memoria y el desarrollo de programas en materia educativa que favorezcan la convivencia.

Además, invita a promover la participación de estas personas en los actos de recuperación simbólica que organicen las instituciones vascas, especialmente los ayuntamientos de los municipios en los que residieron.

De esta forma, las administraciones vascas promoverán el restablecimiento de nexos de unión con quienes precisaron fijar su domicilio fuera de Euskadi como consecuencia de haber sufrido acciones terroristas o situaciones de amenazas o coacciones graves y directas procedentes de organizaciones terroristas, para favorecer su participación en la vida pública vasca, según el texto, al que ha tenido acceso Europa Press.

Esta iniciativa, promovida a instancias del Gobierno vasco, asumida en principio por el PSE, y apoyada ahora por UPyD y PP, trata de favorecer que personas y familias que debieron abandonar Euskadi puedan, si lo desean, volver a fijar su residencia en estas comunidad autónoma, para lo cual la ley debe favorecer el retorno teniendo en consideración tal circunstancia en la modulación de los requisitos de empadronamiento exigibles en la normativa vasca referente a los sistemas de servicios sociales, inserción social, vivienda, empleo, etc, así como contemplar ayudas específicas adecuadas a las necesidades derivadas del retorno.

RECUPERAR RELACIONES PERDIDAS

Igualmente, trata de implementar medidas que, sin exigir un nuevo cambio de residencia, puedan ayudar a la recuperación de lazos y relaciones perdidas como consecuencia de aquel desplazamiento forzoso, así como mantener y, en su caso, reforzar su sentimiento de pertenencia y de participación en la vida de la Comunidad autónoma de Euskadi.

El sistema de asistencia previsto para favorecer el retorno a Euskadi de estas víctimas contempla prestaciones y ayudas compatibles con otras que los interesados puedan recibir de otras administraciones, siempre que no suponga una sobrefinanciación de la actividad a subvencionar.

Para el acceso de estas personas a viviendas de protección oficial, se les eximirá del requisito de empadronamiento en Euskadi. Además, en caso de gasto de adaptación de vivienda, no se exigirá que sea su vivienda habitual, pero sí que lo constituya en el periodo máximo de tres meses desde la certificación final de las obras.

En materia de enseñanza, estas personas tendrán derecho a obtener traslado de sus expediente académico a un centro público o concertado de la red educativa vasca durante el curso escolar correspondiente al tiempo en que se produzca su retorno al País Vasco.

En caso de solicitar prestaciones para la garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, no se le requerirá el empadronamiento y la residencia efectiva en el momento de la solicitud. No obstante, el devengo y el pago de las prestaciones correspondientes quedarán diferidos al momento en que se acredite el empadronamiento y residencia efectiva en Euskadi.

Si estas víctimas desplazadas requieren las prestaciones del Sistema vasco de Servicios Sociales, no se les exigirá el requisito de empadronamiento y residencia legal efectiva en el momento de la solicitud, si bien no podrán disfrutar de las prestaciones hasta que acrediten su cumplimiento.

ABANDONO FORZOSO DE EUSKADI

En su exposición de motivos, los tres grupos proponentes de la iniciativa señalan que la amenaza a la vida, la seguridad o la libertad derivada de la violencia terrorista ha provocado durante décadas el abandono de Euskadi de personas y familias que han sufrido acciones terroristas directas o situaciones de amenazas o coacciones graves y directas, procedentes de organizaciones terroristas.

La Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo, reconoce en su artículo 5 el derecho de tales víctimas a la reparación efectiva e integral, para lo cual obliga a los poderes públicos a arbitrar medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, atención y satisfacción moral, atendiendo a una serie de principios y finalidades, entre los cuales se encuentran los de procurar, en la medida de lo posible, la devolución a las víctima a la situación anterior a la provocación del daño.

Asimismo, insta a promover el regreso de la víctima a su lugar de residencia y la reincorporación a su empleo en condiciones adecuadas o, en su caso, el cambio de residencia y una política favorable a su integración laboral.

El reconocimiento de los derechos que les asisten como víctimas y el acceso a las prestaciones específicamente contempladas en tal norma no vienen condicionados por la residencia de la víctima cuando se trate de hechos cometidos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

PRESTACIONES

Sin embargo, cuando la víctima trasladaba su residencia fuera de Euskadi, el acceso a las prestaciones previstas en la ley "podría mediatizarse, debido al alcance territorial de las competencias autonómicas en materias tales como sanidad, empleo, educación o vivienda, para la cual la ley apela a convenios de colaboración con otras administraciones", precisa el texto.

No obstante, y pese al principio rector previsto en el artículo 5.2 de la Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo, ni en dicha norma, ni en su desarrollo reglamentario, se contemplan medidas específicas para facilitar el retorno de quienes hubieron de abandonar su residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi por razón de la amenaza terrorista.

Por ello, PSE-EE, PP y UPyD pretenden regular el derecho a retornar desde la perspectiva de la reparación integral de la victimación primaria, secundaria y terciaria derivada tanto de la amenaza o agresión terrorista, como por el aislamiento y hasta el hostigamiento social.

En dicho sentido se regula un sistema de asistencia para el retorno de estas personas y sus familias, que tome en consideración el tiempo transcurrido y la diversidad de situaciones en las que las víctimas y sus familias hubieron de abandonar Euskadi o en las que pudieran encontrarse en la actualidad, lo cual obliga a considerar el derecho al retorno de un modo "amplio y flexible, que no se reduzca al mero retorno físico".

VOLVER A EUSKADI

En definitiva, se trata de favorecer que personas y familias que debieron abandonar Euskadi puedan, si lo desean, volver a fijar su residencia en esta comunidad; para lo cual la ley debe favorecer el retorno teniendo en consideración tal circunstancia en la modulación de los requisitos de empadronamiento exigibles en la normativa vasca referente a los sistemas de servicios sociales, inserción social, vivienda, empleo, etc, así como contemplar ayudas específicas adecuadas a las necesidades derivadas del retorno.

Igualmente, tratan de implementar medidas que, sin exigir un nuevo cambio de residencia, puedan ayudar a la recuperación de lazos y relaciones perdidas como consecuencia de aquel desplazamiento forzoso, así como mantener y, en su caso, reforzar su sentimiento de pertenencia y de participación en la vida de la Comunidad Autónoma de Euskadi. "Todo ello como exigencia de los principios de verdad, justicia, reparación y memoria", concluyen.