PSPV dice que Fabra no pidió la compatibilidad para ejercer de arquitecto y mantener la dedicación exclusiva

Actualizado: jueves, 25 febrero 2010 17:56

CASTELLÓN, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

El grupo municipal socialista en el Ayuntamiento de Castellón denunció hoy que el alcalde de Castellón, Alberto Fabra, no presentó ante el pleno municipal la solicitud de compatibilidad para ejercer como arquitecto técnico y mantener la dedicación exclusiva en el Ayuntamiento.

Según los socialistas, Fabra ha reconocido, a preguntas del concejal socialista Juli Domingo, que "está dado de alta en el régimen de autónomo de la Seguridad Social, como señaló en la declaración de bienes y actividades en las Corts Valencianes". Fabra es diputado autonómico desde las elecciones de 2007.

Domingo lamentó que el alcalde no haya sido tan "escrupuloso" en el Ayuntamiento de Castellón como ha sido en el Parlamento autonómico. "El pleno municipal no ha sido informado de que Alberto Fabra mantenía una actividad económica remunerada", señaló Domingo, quien añadió que el alcalde "ha afirmado que no ha generado ingresos desde 2007 hasta la fecha, aunque está claro que la actividad de la que está dado de alta es remunerada, no es una ONG".

El pleno del Ayuntamiento de Castellón acordó en su sesión de 16 de julio de 2007 las retribuciones que corresponden a los concejales de acuerdo a su régimen de dedicación exclusiva o parcial. En el caso del alcalde se aprobó la dedicación exclusiva, con un sueldo de 88.000 euros anuales, según los socialistas.

El artículo 75.1 de la Ley de Bases de Régimen Local regula el sistema de remuneración de los miembros de las corporaciones locales y señala que el reconocimiento de la dedicación exclusiva "exigirá la dedicación preferente a las tareas propias de su cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la corporación".

Sin embargo, se remarca que "en el caso de que tales ocupaciones sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno de la entidad local", exactamente lo mismo que establece el artículo 13.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Domingo indicó que "lo preceptivo hubiera sido que Alberto Fabra hubiera presentado la solicitud de compatibilidad y no lo ha hecho".