Reguant dice que sería "desproporcionado" perder el escaño por no responder a Vox en el juicio del 'procés'

Archivo - La diputada del Parlament de Cataluña y portavoz de la CUP, Eulalia Reguant.
Archivo - La diputada del Parlament de Cataluña y portavoz de la CUP, Eulalia Reguant. - Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 6 mayo 2022 18:05

Compara su caso con el de Alberto Rodríguez, condenado por hechos ocurridos antes de que ocupara cargo público

MADRID, 6 May. (EUROPA PRESS) -

La diputada del Parlament de Cataluña Eullia Reguant ha presentado ya su escrito de defensa ante el Tribunal Supremo a la espera de que se fije fecha para el juicio que se celebrará en su contra por un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad, al haberse negado a contestar a la acusación popular que ejercía Vox en el juicio del 'procés', algo obligatorio para los testigos. La dirigente de la CUP ha asegurado que la pena interesada por la Fiscalía supone un "sacrificio inaceptable del derecho a la representación política" y que sería "desproporcionado" que se le condenase.

En el escrito de defensa, al que ha tenido acceso Europa Press, Reguant ha insistido en que su actuación ante Vox en 2019 no es constitutiva de delito y que lo que procede es que el Supremo dicte una sentencia absolutoria. Estaba previsto que el pasado 1 de marzo se celebrara este juicio, pero finalmente se anuló poco después de empezar porque los magistrados consideraron que se había producido un "error" en la tramitación de la causa.

La defensa ha asegurado que la pena solicitada por el Ministerio Fiscal de cuatro meses de prisión no cumple con la exigencia esencial de proporcionalidad de las sanciones prevista por la ley. En este sentido, ha recordado que Reguant es diputada electa del Parlament y que la imposición de dicha pena "podría tener consecuencias de carácter electoral". "Al menos desde que esta Sala Segunda del Tribunal Supremo así lo interpretó en el caso del ex-diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez", ha señalado.

Al hilo, ha subrayado que "a la vista de este precedente", el Supremo interpreta que --"pese a que no se ha solicitado una pena de inhabilitación absoluta o para ocupar cargo público a la acusada"-- en caso de ser condenada a la pena de prisión "se deberá decretar su ineligibilidad sobrevenida".

La defensa ha insistido en que dicha decisión "vulneraría el principio de proporcionalidad de la pena, así como el derecho a la participación política". A su juicio, "en el presente caso la pena interesada supone un sacrificio inaceptable del derecho a la representación política, amén de una flagrante vulneración del principio de proporcionalidad, el derecho a la legalidad penal y el principio constitucional relativo a los fines resocializadores de las penas".

Así las cosas, ha asegurado que el Ministerio Fiscal pretende que, "por unos hechos ocurridos antes de que la acusada ocupara cualquier cargo público", Reguant pueda tener que abandonar su escaño.

"DEBER MORAL"

En el marco del escrito, la diputada ha reiterado que no respondió a la acusación popular que ejercía Vox en el juicio del 'procés' por su "deber moral". Según ha dicho, "percibió que contestar a sus preguntas le provocaría un innegable perjuicio moral".

Bajo esta premisa, ha defendido que su negativa a declarar supuso "un ejercicio de libertad de expresión" y que "actuó guiada por una suerte de objeción de conciencia, un sentimiento de deber moral de rehuir del papel discriminatorio y abusivo seguido por la acusación popular".

En este sentido, el letrado a cargo de la defensa ha asegurado que formular acusación contra Reguant por estos hechos "supone una vulneración de la libertad ideológica y de conciencia". Además, ha recordado que la conducta de la diputada ya fue sancionada mediante un acuerdo de corrección disciplinaria, iniciado y terminado por la Sala de lo Penal del Supremo en 2019, y que dicho acuerdo se saldó con la imposición de una multa de 2.500 euros

Así, ha insistido en que al formular acusación ahora por los mismos hechos se vulnera el principio 'non bis in idem', el cual constituye "un derecho fundamental del ciudadano frente a la decisión de un poder público de sancionarlo por unos hechos que ya fueron objeto de sanción".

De cara a la vista oral, que aún está pendiente de fecha, la dirigente ha pedido que se oficie a un intérprete de catalán para traducir su declaración al castellano. El pasado 1 de marzo, el tribunal suspendió el juicio a la diputada al entender que se había producido "un error en la tramitación de la causa". Los magistrados atendieron así a una de las cuestiones previas de la defensa, que alegó una vulneración de los derechos procesales toda vez que un juzgado madrileño abrió juicio oral sin ser competente para ello, ya que por la condición de aforada de la dirigente correspondía al Supremo.

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