El Senado avala definitivamente la reforma del Estatuto de Autonomía de Murcia para suprimir los aforamientos

La presidenta del Senado, Pilar Llop durante una sesión de control al Gobierno en el Senado, en Madrid (España), a 2 de febrero de 2021. Durante el pleno, el Ejecutivo se enfrenta esta vez a preguntas relacionadas con la nueva ley educativa, la LOMLOE,
La presidenta del Senado, Pilar Llop durante una sesión de control al Gobierno en el Senado, en Madrid (España), a 2 de febrero de 2021. Durante el pleno, el Ejecutivo se enfrenta esta vez a preguntas relacionadas con la nueva ley educativa, la LOMLOE, - EUROPA PRESS/J. Hellín. POOL - Europa Press
Publicado: miércoles, 3 febrero 2021 12:58

MADRID, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

La mayoría del Senado ha avanzado este miércoles su apoyo a la propuesta de reforma de la Ley Orgánica 4/1982 del Estatuto de Autonomía de Murcia en la que se suprimen los aforamientos en esta región, superando así el último trámite parlamentario y convirtiéndose en efectivo este cambio en el Estatuto murciano una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Así lo han anunciado la mayoría de los grupos parlamentarios durante su turno de intervención, en los que las formaciones han celebrado la supresión de los aforamientos en la Región de Murcia.

De este modo, al no verse presumiblemente afectado el texto que venía del Congreso de los Diputados, la iniciativa finalizaría así hoy su tramitación en las Cortes Generales, por lo que estará en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Esta proposición de ley orgánica presentada por la Asamblea Regional de Murcia, cuya toma en consideración fue aprobada el 11 de febrero por el Pleno del Congreso, tiene como objeto reformar su Estatuto autonómico para suprimir el aforamiento especial para sus diputados y para los miembros del Consejo de Gobierno.

Por ello, se modifican los artículos 25 y 33 del Estatuto de Autonomía, de tal manera que los diputados regionales y el Consejo de Gobierno seguirán protegidos en el ámbito de su libertad de expresión parlamentaria y política, pero no estarán excluidos de la jurisdicción ordinaria por aquellos asuntos que, ajenos a su normal desempeño parlamentario, les impliquen de forma directa en procedimientos judiciales de cualquier ámbito jurisdiccional.

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