Sitel.- El juez decano de Madrid cree que todo sistema que limite derechos debe ser regulado por Ley Orgánica

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 19 noviembre 2009 19:30

MADRID 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

El juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, señaló hoy que, en consonancia con la doctrina del Tribunal Constitucional, cualquier sistema que suponga restricción o limitación de derechos y libertades debería ser regulado por Ley Orgánica.

González Armengol se expresaba así, a requerimiento de Europa Press, tras conocerse una sentencia del Tribunal Supremo que avala la constitucionalidad del sistema de escuchas SITEL y considera, además, que esta tecnología "es preferible a los modos de intervención anteriores".

El juez decano declinó valorar la sentencia, ya que aún no la ha leído, si bien coincidió con otros juristas, como el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, en el sentido de que cualquier restricción de derechos fundamentales, en este caso del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, precisa ser regulada mediante Ley Orgánica.

En contra de este criterio se manifestó el secretario de Estado, aseguró hoy que el "marco legal" con el que cuenta España en materia de intervención de las comunicaciones telefónicas, unido a un "sistema tremendamente garantista", le da "absoluta tranquilidad" sobre la legalidad del sistema de escuchas SITEL.

En la sentencia hecha pública hoy por el Supremo, los condenados por tráfico de cocaína Oscar Falcón y Carlos José García Jiménez denunciaron la vulneración de derecho al secreto de sus comunicaciones telefónicas, al considerar insuficiente la motivación del auto del juez instructor de la causa en Verín (Orense), que ordenó las escuchas a través de esta tecnología.

Alegaron que el sistema es inconstitucional y se quejaron la deficiencia en el rango normativo regulador de las intervenciones. El Supremo rechaza ambos planteamientos.

El alto tribunal alude a varias resoluciones anteriores en las que se reconoce igualmente la legalidad del sistema SITEL, como una dictada el pasado 6 de julio en la que se fijaba el protocolo a seguir cuando se solicita la intervención telefónica como medio excepcional de investigación.

En ella, el Supremo insiste en que la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal "complementado con la doctrina de esta Sala y del Tribunal Constitucional, permite el eficaz control judicial necesario en una sociedad democrática" desde la exigencia del propio Convenio Europeo de Derechos Humanos.

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