Sólo uno de cada diez presos catalanes clasificados inicialmente en régimen abierto reincide, según la Generalitat

Actualizado: martes, 7 marzo 2006 18:49

BARCELONA, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

La tasa de reincidencia de los presos catalanes que han sido clasificados inicialmente en el tercer grado penitenciario --régimen abierto-- es sólo del 9,2%, es decir, únicamente uno de cada diez reclusos reincide, según un estudio elaborado por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (CEJFE) de la Conselleria de Justicia.

Según el estudio del CEJFE 'La clasificación inicial en régimen abierto de los condenados a prisión', la reincidencia de los clasificados inicialmente en tercer grado es cuatro veces inferior a la de la población penitenciaria general. Los datos del centro sitúan la tasa general de reincidencia penitenciaria en un 37,4%, frente al 9,2% referente a los presos en régimen abierto.

El estudio del CEJFE destaca también que, entre los clasificados inicialmente en tercer grado, el colectivo que se ha sometido a control telemático tiene un índice de reincidencia del 0%, frente 11,2% del resto de clasificados inicialmente en tercer grado a los cuales no se ha aplicado este control.

Para obtener los datos, los autores han escogido un grupo de estudio de 626 penados inicialmente en tercer grado en 2001 y un grupo de comparación de 1.247 reclusos clasificados en segundo grado el mismo año. La muestra es de 304 penados en tercer grado y de 307 en segundo grado, con un período de seguimiento de un máximo de cinco años y un mínimo de cuatro.

PERFIL MENOS PROBLEMÁTICO.

Según el estudio, de la comparación de perfiles se deduce que los clasificados inicialmente en régimen abierto, unos 700 cada año, presentan un perfil menos problemático que los reclusos que recibieron el segundo grado en casi todas las variables estudiadas.

En cuanto a las variables personales y de género, no existen diferencias entre los dos grupos. Un 35,5% de los presos en tercer grado es toxicómanos, de los cuales un 64,8% de está en tratamiento. El número aumenta cuando hablamos del segundo grado, ya que un 59,3% de los internos tiene problemas de este tipo, con un porcentaje significativamente inferior de tratamientos.

Dentro de las variables familiares, los reclusos que están en tercer grado reciben el apoyo de su pareja, mientras que en el caso de los clasificados en segundo grado, este apoyo proviene de los padres. Cabe destacar también que un 77,8% de los internos en tercer grado tiene una opción laboral o formativa, una tasa que dobla la referente a los reclusos en segundo grado.

En lo que respecta a las variables penales, un 72,8% de los presos que está en tercer grado tiene penas más cortas, de hasta 3 años, mientras que en el caso de los internos en segundo grado esta cifra se sitúa en un 35,7%. Por otra parte, un 43,6% de los reclusos que está en tercer grado obtienen la libertad provisional habiendo cumplido prisión preventiva, mientras que los que están en segundo grado la consiguen en un 22,4%.

Los datos del estudio 'La clasificación inicial en régimen abierto de los condenados a prisión' fueron presentados hoy por el director del CEJFE, Joan Xirau, por el secretario de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil, Albert Batlle, y por el responsable de Investigación del Área Social y Criminológica del CEJFE, Manel Capdevila.

EL RÉGIMEN ABIERTO, UN 48% DE LA EJECUCIÓN PENAL.

Según explicó Xirau, en el tercer grado o régimen abierto se clasifican aquellas personas que tienen la capacidad de vivir en semilibertad y que cumplen los requisitos legales previstos en las leyes, así como otras condiciones relacionadas con el entorno personal, social, familiar o laboral. Esta clasificación se da normalmente por evolución del segundo grado, pero también puede darse como clasificación inicial.

Las personas que pertenecen a este grupo, objeto del estudio presentado hoy, salen unas horas al día del centro penitenciario y duermen en la prisión de lunes a viernes. Además, tienen permiso de salida durante los fines de semana.

La Administración penitenciaria utiliza varios criterios a la hora de clasificar inicialmente a una persona en régimen abierto, siendo los más frecuentes la cuantía de la pena o haber completado la mitad de la condena, el apoyo familiar, el hecho de que el delito sea antiguo, que el interno tenga un trabajo y la actitud prosocial.

El secretario de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil, Albert Batlle, destacó que el régimen abierto representa un 48% de la ejecución penal, excluyendo la situación preventiva, y apuntó que este estudio sirve para "recordar el objetivo reeducador y resocializador de las penas".

Durante su intervención, Batlle quiso romper algunos tópicos y recordó que el régimen abierto, en general, "también es ejecución de pena" y que esto conlleva "unos equipos, una intervención, seguimientos y programas".

Así, la Administración penitencia lleva a cabo un control de analíticas, de actividades laborales, sobre situación sociofamiliar de los reclusos y sobre las entradas y salidas de la prisión. Según el estudio del CEJFE, debido a este control un 25,7% de los reclusos ha vivido a lo largo de su condena alguna regresión de grado.