Sortu.- El partido deberá agotar un trámite más ante el Supremo para poder acudir al Tribunal Constitucional

Sortu
EP
Actualizado: viernes, 1 abril 2011 20:42

MADRID, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

La defensa de Sortu, cuya inscripción en el registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior ha sido prohibida por el Tribunal Supremo, deberá agotar un trámite más ante este órgano para poder acudir en amparo al Tribunal Constitucional, según establece una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) aprobada en mayo de 2007.

Esta circunstancia hace aún más difícil que pueda llegarse a una resolución del Constitucional sobre Sortu ante del próximo 18 de abril, fecha tope para que el nuevo partido de la izquierda abertzale pudiera presentar sus candidaturas de cara a los próximos comicios locales.

Así se señala en el voto particular que siete magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo han formulado frente al auto de prohibición de la inscripción.

Concretamente, advierten de que la modificacion del artículo 241 de la LOPJ llevada a cabo por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, "amplía el objeto del incidente de nulidad de actuaciones ante el propio tribunal que dictó la resolución como vía previa al amparo constitucional, a las vulneraciones de derechos fundamentales reconocidos en el artículo 53.2 de la CE", lo que debe aplicarse al caso de Sortu.