El Supremo archiva la querella interpuesta contra Garzón por uno de los absueltos del "caso Telecinco"

Actualizado: jueves, 12 noviembre 2009 13:26

MADRID, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha archivado, a instancias de la Fiscalía, una querella por prevaricación interpuesta el pasado mes de julio contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por el ex vicepresidente de Telecinco Santiago Muñoz Machado, uno de los ocho procesados por el magistrado en el denominado "caso Telecinco" que resultaron absueltos en 2007.

El auto hecho público hoy , del que es ponente el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra, concluye que los argumentos del querellante, que denunció que la actuación de Garzón en este caso le supuso grave perjuicios, carece de relevancia penal para ser admitida.

En su querella, Muñoz señalaba que Garzón incurrió en "una desviación del poder jurisdiccional " al utilizar el procedimiento penal al servicio de intereses propios, diseñando un plan de actuación cuyos "efectos colaterales" le perjudicaron enormemente.

Así, por ejemplo, se acusaba a Garzón de iniciar el procedimiento "sin contar con lo más imprescindible, la concurrencia de hechos susceptibles de ser perseguidos criminalmente". Ante ello, el Supremo recuerda que el juez actuó a instancias de una denuncia de la Fiscalía, que desde 1996 investigaba a las sociedades Gestevisión Telecinco y Publiespaña S.A. en relación con presuntos delitos societarios y contra la Hacienda Pública.

A esta denuncia se unió un informe de julio de 1997 realizado a instancias de Anticorrupción por los inspectores integrantes de la Unidad de Apoyo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Intervención General del Estado. Además, la Sala de lo Penal, órgano jerárquicamente superior al juzgado de Garzón, avaló la competencia del magistrado para investigar los hechos, que había sido cuestionada por los imputados.

NO HUBO MANIPULACIÓN.

Respecto de la "manipulación tendenciosa de la prueba pericial" planteada por Muñoz, el Supremo señala que "en la fase de instrucción no es posible hablar de pruebas en sentido estricto, sino de valoración de indicios", y que por ello "un juez instructor puede apoyarse en unos informes y no en otros", como efectivamente ocurrió en este caso.

Sobre la implicación de Muñoz en el caso, el alto tribunal recuerda que la investigación que le realizó Garzón estuvo justificada por haber declarado el propio querellante que prestaba servicios profesionales de asesoría jurídica a Gestevisión Telecinco y que entre sus clientes se encontraba la ONCE, por lo que el ex vicepresidente de la cadena "no era ajeno a los hechos y operaciones" descritas en los escritos de calificación de las acusaciones pública y popular que sirvieron de cauce procesal para sentar en el banquillo a los procesados del "caso Telecinco".

Tampoco acepta el Supremo que Garzon incurriera en un retardo malicioso de la instrucción de este caso, pues pese a que pudieran existir dilaciones indebidas entre la apertura de diligencias y la finalización de la instrucción, no se puede decir que el magistrado incurriera en este delito por perseguir una finalidad ilegítima.

"En estos términos, remitiéndonos a los argumentos ya esgrimidos en los razonamientos precedentes, la conclusión es que los hechos como tales no llenan el contenido material de la querella de relevancia pena, para que pueda ser admitida", concluye el Tribunal Supremo.

En el caso Telecinco, en el que Garzón trató de investigar incluso al primer ministro italiano, Silvio Berlusconi, fueron procesados ocho responsables de esta cadena y de la ONCE, entre ellos el director general de esta última, Miguel Durán, y financieros como Javier de la Rosa. Finalmente, los procesados fueron absueltos tras el juicio que se celebró contra ellos en la Audiencia Nacional.