MADRID 16 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha confirmado que la herencia pictórica del coleccionista fallecido Pedro Masaveu Peterson corresponde al Principado de Asturias, al desestimar un recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid contra una sentencia de la Audiencia Nacional que otorgó a aquella Comunidad Autónoma la titularidad de la colección privada de Masaveu por "residir habitualmente en ella durante el año anterior a la fecha de su fallecimiento".
La herencia pictórica del coleccionista está integrado por un conjunto de 420 obras valoradas en 8.000 millones de pesetas en 1995 que ha sido objeto de disputa entre Madrid y Asturias por tener una residencia en ambas comunidades. En la colección del que fue el primer presidente de la Fundación Príncipe de Asturias destacan obras de Goya, Picasso, Zurbarán, Ribera, Solana y Sorolla.
La sentencia del alto tribunal señala que el criterio de conexión a aplicar es el de "la residencia habitual del causante de la sucesión que se materializa en el criterio objetivo de permanecer más de 183 días durante el año natural en una Comunidad Autónoma para entender que el impuesto de Sucesiones se ha producido en la misma".
La resolución indica que las pruebas del recurrente en favor de la residencia habitual de Masaveu Peterson en Madrid son "insuficientes" a los efectos pretendidos, aunque se expresa en términos similares respecto a la argumentación de Asturias sobre su vinculación social, profesional y personal son consideradas insuficientes". Si bien precisa que "el acervo probatorio constituido por el conjunto de todos ellos, lleva a entender que Masaveu residió habitualmente en Asturias durante el año anterior a la fecha de su fallecimiento".
También agrega que "no se puede negar la evidencia de que la sentencia haya llevado a cabo una valoración de la prueba razonada, exhaustiva y particularizada, pues se pronuncia sobre cada uno de los medios propuestos y llega a la conclusión final sobre la residencia habitual de Masaveu en Asturias tras la apreciación conjunta de toda la prueba".