El Supremo eleva de 23 a casi 35 años la pena para el menor del clan los 'Miguelones' por tirotear a 'Monchines'

Actualizado: miércoles, 21 noviembre 2007 18:16

Estimó parcialmente el recurso de la acusación particular y consideró los hechos como un asesinato y tres tentativas de asesinato

VALLADOLID, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo elevó de 23 a casi 35 años de cárcel el conjunto de penas finalmente impuesto al joven Miguel J.G, integrante del clan de los 'Miguelones' más conocido como el 'Pitu', como autor del tiroteo registrado el día 15 de junio de 2004 en la confluencia de las calles Faisán con Pavo Real, en el vallisoletano barrio de Pajarillos, que acabó con la vida de un integrante del clan de los 'Monchines' e hirió a otras cuatro personas, tres de ellas pertenecientes a esta última familia.

El fallo del Alto Tribunal estimó parcialmente el recurso interpuesto por la acusación particular, en representación de los 'Monchines', al considerar que los hechos son constitutivos de un delito consumado de asesinato (15 años) en la persona de Manuel R.M, dos delitos de tentativa de asesinato (siete años y medio por cada uno de ellos) sobre Raúl R.L. ('Peluco') y Diego L.R. ('Chapuzas'), una tercera tentativa de asesinato (tres años y nueve meses) sobre Salvador R.C. ('Caín'), un delito de tenencia ilícita de armas (un año), todo ello con la atenuante de confesión de los hechos, así como una multa de 90 euros por una falta de lesiones sobre Alonso B.A, el joven que recibió un disparo en un pie, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La sentencia del Supremo, que consta de 55 páginas, eleva en casi 12 años la pena impuesta en su día por la Audiencia vallisoletana, que entendió que se habían producido un delito de homicidio y tres tentativas de homicidio, si bien mantiene la absolución del mayor de los 'Miguelones', Manuel J.G, por falta de pruebas de su participación en los hechos.

Se mantienen también las indemnizaciones fijadas en su día por el tribunal vallisoletano y que obligaban al 'Pitu' a desembolsar un total de 408.674 euros, de ellos 100.000 para la viuda del único fallecido y 36.000 euros para cada uno de los cuatro hijos de éste, mientras que las cuatro personas que resultaron heridas a causa del tiroteo, Raúl R.L, Diego L.R, Salvador R.C. y Alonso B.A, percibirán 83.750, 49.795, 8.190 y 800 euros, respectivamente, cantidades a las que habrá que sumar otros 22.139 euros en favor de Sacyl por los gastos sanitarios ocasionados por la asistencia de las víctimas.

En el caso del 'Miguelón' absuelto, quien llegó a permanecer preso por esta causa durante treinta meses, el Supremo ratificó la absolución acordada por la Audiencia de Valladolid por falta de pruebas irrefutables de que participara en el tiroteo entre ambos clanes de etnia gitana, pese a que los 'Monchines' heridos le situaran en el escenario de los hechos. En este caso, las graves contradicciones en que incurrieron las víctimas, que incluso incluyeron entre los participantes al padre de ambos hermanos y a varios tíos, pesaron en contra de las tesis defendidas por las acusaciones.

Respecto de cómo ocurrieron los hechos, el tribunal vallisoletano consideró en su día probado que sobre las 14.40 horas del día de autos, Miguel J.G ('Pitu'), quien por aquellas fechas se encontraba separado de su esposa Aroa R.C, integrante de los 'Monchines', se acercó a recoger su vehículo en la calle La Salud tras cerrar su puesto en el mercadillo y una vez allí se encontró con familiares de ésta, que le salieron al paso y recriminaron ya que tenía prohibido pasar por allí.

"COMPORTAMIENTO DESAFORTUNADO"

La Sala consideró "desafortunado" el comportamiento de 'Pitu' de rondar la zona ya que allí se hallaba la casa de su todavía esposa y familiares de ésta, de ahí que el condenado portara dos pistolas cargadas con cartuchos en previsión de que pudiera producirse una riña o "quimera" con los 'Monchines'.

El cruce de palabras concluyó cuando el condenado, siempre según la sentencia, disparó sus armas contra sus oponentes, si bien la Sala sostiene que tiró "a los bultos, sin precisión de ningún tipo, pero aceptando que con sus disparos se pudiera producir la muerte o las lesiones graves de algunos de los individuos a los que disparaba, como así sucedió".

El modo en que se produjo la refriega descartó la existencia de alevosía y, por tanto, impidió que los hechos pudieran ser calificados de asesinato y tentativas de asesinato, contrariamente a lo mantenido por la acusación particular, al tiempo que recordaba que los 'Monchines' tiroteados sabían que la presencia del condenado podía significar la existencia de una riña, "circunstancias que en todo caso excluyen la sorpresa, habiendo podido reaccionar defensivamente, lo que no hicieron", pese a que incluso algún testigo reconociera que estos últimos portaban también algún arma.

La sentencia de la Audiencia provincial contrastó con la postura del Ministerio Fiscal y de la acusación particular. El acusador público entendía que Miguel y Manuel J.G. eran autores de un delito de homicidio y tres delitos de tentativa de homicidio por los que pidió para cada uno 35 años de cárcel, frente a los 51 años que solicitó la acusación particular por entender que hubo "alevosía" y por ello se trataba de asesinato y tentativas de asesinato. Solicitaron, por este mismo orden, indemnizaciones por importe global de 336.000 y 500.000 euros.

Por su parte, la defensa, ejercida por el letrado madrileño Marcos García Montes, había solicitado la absolución para sus dos patrocinados, en el caso del mayor de los hermanos porque no participó en los hechos y en el del menor porque, según entendía, actuó en defensa propia.

Para este último, alternativamente y en caso de sentencia condenatoria, había solicitado una pena mínima de 7 años por delito de homicidio y tres delitos de lesiones.