El Supremo establece que la incomparecencia no justificada en una mesa electoral sea castigada con pena de prisión

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 13 marzo 2006 19:04

MADRID 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha establecido que la incomparecencia no justificada en una mesa electoral sea castigada con pena de prisión. Así lo acuerda el alto tribunal en una sentencia que condena a una mujer a 14 días de prisión y a una multa de 540 euros por un delito electoral, al estimar un recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.

El tribunal catalán, que condenó sólo a la acusada a pagar la cantidad mencionada, consideró probado que Leotilde R.S. recibió el 6 de mayo de 2003 notificación de haber sido designada segunda suplente del primer vocal de la Mesa Electoral correspondiente a un distrito de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), que debía constituirse el 25 de mayo de 2003 con motivo de las elecciones autonómicas.

En la citada notificación se le hacía saber el carácter obligatorio del cargo, la posibilidad de alegación de excusas, así como que dejar de concurrir sin causa justificada, o la no alegación de excusa o aviso previo constituía delito y estaba conminado a las penas correspondientes. Sin embargo, Leotilde R.S. no acudió al colegio electoral ni alegó excusa alguna en justificación de la imposibilidad de acudir.

El Ministerio Fiscal recurrió la sentencia al entender que no establecía una alternativa de pena de arresto de siete a quince fines de semana establecida en la ley, antes de la reforma del Código penal de 2003. Así, el Supremo recuerda que el Pleno de la Sala Segunda adoptó, en noviembre de 2005, que "el arresto de fin de semana, dentro del Código Penal, le son de aplicación el régimen de las Disposiciones Transitorias de este Cuerpo legal".

El alto tribunal apunta que la Disposición Transitoria Octava establece que cada arresto de fin de semana se corresponde con dos días de privación de libertad, por lo que la pena de arresto de 7 a 15 fines de semana, equivale a privación de libertad de 14 a 30 días.

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