El Supremo revisa mañana los 6 años de cárcel impuestos por la Audiencia Nacional al preso español de Guantánamo

Actualizado: miércoles, 21 junio 2006 20:20

MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo revisará mañana la condena de 6 años de prisión por un delito de integración en la organización terrorista Al Qaeda que la Audiencia Nacional impuso en octubre del año pasado al ceutí Hamed Abderrahaman Ahmed, alias "Hmido", entregado a España por EE.UU. en febrero de 2004 tras permanecer dos años retenido en la base americana de Guantánamo.

"Hmido", que ingresó en prisión tras serle notificada la sentencia de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, recurrió en casación ante el Tribunal Supremo. La Audiencia rechazó su petición de que se tuviera en cuenta el tiempo que había permanecido en Guantánamo, y declaró que sólo le computaría el periodo de tiempo que había estado encarcelado en España (entre el 12 de febrero de 2004 y el 13 de julio de ese mismo año, y desde que se dictó sentencia), "al no encontrarse" durante su estancia en la base americana "sometido a la jurisdicción española".

La sentencia de la Audiencia consideró probado que en 1998 el acusado "decidió profundizar en el estudio del islamismo en su vertiente fundamentalista ante los acontecimientos que se desarrollan en Chechenia, Cachemira y Palestina", para lo que comenzó a frecuentar en Ceuta a un individuo residente en Marruecos llamado "Abu Naiz" o Abdellah, al que no se ha podido identificar plenamente, que había estado en Afganistán.

Abdellah le facilitó vídeos de Chechenia y le adoctrinó en la "yihad" (guerra santa contra el infiel). Además, le acompañó a Gran Bretaña en 2000, donde durante un mes leyó revistas sobre las guerras de Indonesia, Palestina, Bosnia, Chechenia y Afganistán, visionó discursos de imanes y frecuentó la mezquita de Nur.

VIAJAR A AFGANISTÁN.

En julio de 2001, "Hmido" decidió viajar a Afganistán a fin de recibir entrenamiento para posteriormente realizar la "yihad", como "muyahidin" con el Gobierno talibán, valiéndose para ello del dinero que le proporcionó Abdellah y teniendo como contacto en el país asiático a un tal Ibrahim, individuo relacionado con Imad Eddin Barakat Yarkas, "Abu Dahdah", recientemente condenado como responsable de la célula de Al Qaeda desarticulada en España en noviembre de 2001.

Ibrahim también estaba relacionado con Abu Abdulrahman, "El Calvo" o Fran Besson Delile, entre otros alias, vinculado con Abu Qutada y con Ismael Ibrahim Kamoka, "Abu Suhaib", que facilitaba el envío de "muyahidines" a los campos de entrenamiento controlados por Al Qaeda.

Hamed Abderrahaman Ahmed adquirió un pasaje de avión a Teherán (Irán), a donde llegó el 4 de agosto de 2001 para el día siguiente desplazarse hasta la frontera con Afganistán, país en el que entró el 6 de agosto. Tras encontrarse con Abdellah y contactar con Ibrahim acudió a una madraza-campamento antes de llegar a Kabul.

En Kandahar recibió "clases de árabe, estudio del Corán, es adoctrinado sobre la 'yihad', es entrenado físicamente y recibe enseñanzas teóricas y prácticas en el manejo de armas hasta que, ocurridos los luctuosos sucesos del 11 de septiembre de 2001, y ante la inminencia de una intervención del ejército de Estados Unidos, decide huir a Paquistán". Permaneció dos meses bajo la custodia de los militares paquistaníes hasta que fue entregado a las autoridades estadounidenses, que le recluyeron en la base de Guantánamo.

UN MES DE TALIBÁN Y TRASTORNOS PSICOLÓGICOS.

La Audiencia Nacional le impuso la pena mínima con la que se castigan los delitos de integración o pertenencia a organización terrorista al tener en cuenta que sólo ejerció como talibán durante un mes, porque se desplazó a Afganistán en agosto de 2001 y el 11 de septiembre se produjeron los atentados que provocaron la intervención militar estadounidense del citado país.

No obstante, negó relevancia al trastorno por estrés postraumático con sintomatología de depresión y ansiedad que padece, a la hora de imponerle la pena, al entender que fue provocado por la vivencia sufrida en su huida desde Afganistán a Paquistán y su internamiento en Guantánamo, por lo que "se trata de una respuesta a acontecimientos posteriores al hecho delictivo, que en nada afecta a su capacidad de comprensión de la antijuridicidad de su conducta".

PERTENENCIA A AL QAEDA.

En cuanto al propio delito de integración en organización terrorista islamista, el tribunal tuvo en cuenta las propias declaraciones efectuadas por el acusado en sede judicial, ya que las que realizó en Guantánamo carecen de validez, y lo que dijo en el turno de última palabra en el juicio que se celebró contra él en la Audiencia Nacional. "En el uso de la 'última palabra' se autodefinió como un mártir, término que la Sala tiene que interpretar dentro del sentimiento fundamentalista islámico denotador del ilícito penal ya definido", explicaba la sentencia.

El texto añadía que "en el presente momento histórico sería ilógico cuestionar el carácter terrorista de la organización Al Qaeda que opera a nivel mundial bajo una dirección encabezada por Osama Bin Laden y con una estructura reticular que se diversifica en distintos países mediante la constitución de células dirigidas al adoctrinamiento en los postulados religiosos islamistas y al reclutamiento de individuos para su entrenamiento a fin de, como 'mujahidines', realizar la 'yihad' en cualquier punto del orbe".