Terra Mítica.- El Supremo devuelve al TSJCV la querella de Zaplana contra dos diputados del PSPV por no aportar pruebas

Actualizado: martes, 31 octubre 2006 16:09

MADRID, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido, siguiendo el criterio del fiscal, devolver al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana la querella presentada por el ex presidente de la Generalitat valenciana y portavoz del PP en el Congreso, Eduardo Zaplana, contra dos diputados del PSPV y dos empresarios por delitos de injurias y calumnias graves con publicidad por vincularle con el cobro de comisiones ilegales en la construcción de Terra Mítica.

El auto, que declara la competencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano para el conocimiento de la querella, afirma que en ella "se dice que los hechos podrían constituir delitos de calumnias o injurias graves con publicidad", es decir, que atribuye a los querellados "la responsabilidad de la difusión a través de medios de comunicación".

"Sin embargo -agrega la resolución-, no aporta ningún principio de prueba acerca de la posible intervención de éstos (los diputados implicados) en la difusión a través de la página web de la Cadena SER, en cuya información no se recoge ninguna manifestación de los querellados aforados, sino solamente referencias al contenido de la denuncia que éstos presentaron ante la Fiscalía."

El magistrado Miguel Colmenero, nombrado ponente de la querella, comienza explicando que se ha producido un cambio de doctrina en el Tribunal Supremo. Hasta febrero del año pasado, la Sala de lo Penal estimaba que los delitos de calumnias e injurias "se consuman cuando se emite la expresión correspondiente, y cuando la difusión se realizaba por medio de Internet, se afirmaba la competencia del Juzgado del lugar en que se hubieran introducido en la red los contenidos delictivos".

El 3 de febrero de 2005, un Pleno no Jurisdiccional "aceptó para las cuestiones de competencia la llamada teoría de la ubicuidad, de forma que se entiende que el delito se comete en todas las jurisdicciones en las que se haya realizado algún elemento del tipo". El auto también recuerda que el TSJ es el tribunal competente para investigar a los diputados autonómicos por delitos cometidos en la Comunidad Valenciana y el Supremo, para los perpetrados fuera dde ella.

"Sin perjuicio de que no existe ningún principio de prueba que soporte por ahora una poco clara atribución de responsabilidad a los querellados aforados en la difusión de la noticia fuera de la Comunidad Autónoma, lo que supondría que, al menos en principio, los hechos imputables a ellos se habrían cometido exclusivamente en su ámbito territorial, según la doctrina antes expuesta, el delito al que se refiere la querella se habría cometido, en su caso, no sólo fuera del territorio de la Comunidad Autónoma, sino también en su ámbito territorial donde la difusión también se produjo y pudo ser percibida de igual forma, de manera que no puede excluirse la competencia del TSJ", concluye el auto.

DENUNCIA Y QUERELLA.

Zaplana presentó el pasado 17 de mayo una querella ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por un delito de calumnias con publicidad o, alternativamente, un delito de injurias graves con publicidad contra los diputados y los empresarios valencianos.

Un día antes la página web de la Cadena Ser había publicado el contenido de una denuncia presentada ante la Fiscalía del TSJCV por Such y Camarasa en la que informaban de que habían grabado las manifestaciones de los dos empresarios, que les indicaron que durante la ejecución de las obras del parque temático Terra Mítica de Benidorm se habían manipulado facturas por más de 2.000 millones de pesetas para elevar el precio de los trabajos y se habían pagado comisiones a quien proporcionaba los contratos.

Ambos empresarios manifestaron que los sobreprecios y comisiones iban destinados a Vicente Conesa, y que éste decía que parte se entregaba a Eduardo Zaplana. La denuncia ante la Fiscalía contenía una transcripción aproximada de las manifestaciones realizadas por los citados empresarios, y junto a ella se aportó la cinta original en que fueron grabadas.

El contenido de esta querella fue ampliado el día 23 de mayo haciendo referencia a la entrevista publicada por el diario El Mundo con el querellante Moreno Carpio, en la que afirmaba que el diputado y también querellado José Camarasa le ofreció 1,8 millones de euros, contratos con ayuntamientos gobernados por su partido y ayuda ante la Fiscalía y la Agencia Tributaria a cambio de inculpar a Zaplana en el cobro de millonarias comisiones por las obras del parque.

La representación legal de Eduardo Zaplana indicaba en su querella que el único propósito de los querellados fue el de "difamarle" y "deteriorar" su imagen pública mediante la difusión, a través de los medios de comunicación, del contenido de la denuncia que presentaron previamente ante la Fiscalía.

REMITE LA CAUSA A MADRID.

El Tribunal Superior de Justicia consideró que las conductas denunciadas no se cometieron en Valencia, ya que en esta ciudad "sólo se produjeron, primero, los encuentros y conversaciones privadas entre los cuatro querellados (dos de las cuales fueron grabadas por los diputados en una cinta) y, luego, el acto de presentación por los diputados de una denuncia ante la Fiscalía", señaló.

Por ello, el alto tribunal valenciano remitió las actuaciones al Tribunal Supremo, al considerar que debe entenderse como lugar de comisión de los hechos "aquel en el que se produjo la emisión y subsiguiente difusión pública de las expresiones consideradas calumniosas o injuriosas", es decir, en la sede de la Cadena Ser en Madrid.