Tribunal de Justicia balear rechaza recurso de De Santos contra su condena por malversación en clubes de alterne

Actualizado: martes, 16 febrero 2010 19:08

Deviene firme la sentencia de dos años de prisión contra el ex edil PALMA DE MALLORCA, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) desestimó hoy el recurso de apelación interpuesto por el ex concejal de Urbanismo, Javier Rodrigo de Santos, para rebajar a nueve meses la pena de dos años de prisión a la que fue condenado por un delito continuado de malversación de caudales públicos, y el presentado por la Fiscalía Anticorrupción para ampliar esta pena hasta los tres años de cárcel.

De este modo, la sala confirmó mediante sentencia la emitida por el tribunal del jurado el pasado 23 de septiembre, en la que se le condenó a dos años de privación de libertad por malversar más de 50.000 euros en clubes de alterne masculinos y casas de masaje. Sobre el ex regidor también pesan trece años y medio de prisión por abusos sexuales a menores, condena por la que se encuentra en la cárcel de forma preventiva a la espera de que esta sentencia sea firme.

En concreto, la resolución del jurado aceptaba la drogadicción y la reparación del daño como atenuantes simples, por lo que el letrado de De Santos, José Ignacio Herrero, solicitaba en su recurso que ambas sean aceptabas como muy cualificadas y que también sea admitida la de confesión de los hechos como simple, lo que hubiera rebajado la pena definitiva en dos grados.

Sin embargo, la sentencia dictada hoy rechaza que a la devolución de la cantidad defraudada -reparación del daño- deba considerarse muy cualificada ya que no se observa que De Santos devolviera las cantidades de las que se apropió y en el caso de la inmediatez al reponer el dinero, "sería predicable si el acusado lo hubiera devuelto al poco de efectuar cada acto de disposición ilícita". Además, considera que el reo no retornó las cantidades "hasta que fue descubierto por los órganos de control e intervención".

En cuanto a la atenuante de confesión de los hechos, el tribunal señala que el ex edil reconoció la comisión del delito mediante una carta enviada a la alcaldesa de Palma y reintegró a las arcas municipales 50.804 euros el 13 de marzo de 2008, un día después de que se iniciase contra él el proceso judicial a raíz de la querella interpuesta por la Fiscalía, que ya investigaba los hechos con anterioridad.

Tal y como añade la sentencia, los hechos punibles han sido "correctamente calificados" como constitutivos de un delito continuado de malversación, frente a la tesis manejada por la defensa, que aseveró que la apropiación se realizó al llevar a cabo "múltiples operaciones, todas ellas inferiores a 4.000 euros".

En el caso del recurso del Ministerio Público, que sostenía que la atenuante de drogadicción ha sido aplicada de forma "indebida" ya que De Santos "no cometió la malversación para obtener droga, sino sexo", el tribunal señala que el ex edil padecía adicción a la cocaína cuando perpetró la conducta delictiva, aunque "disminuía de forma no intensa su voluntad para reprimirse" en los gastos efectuados.

LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DEL JURADO

Cabe recordar que la sentencia consideraba probado que De Santos, aprovechando su cargo como presidente de la Empresa Municipal de Obras y Proyectos Urbanos (EMOP), utilizó la tarjeta municipal de esta compañía "en su propio beneficio y sin intención de devolver las cantidades" defraudadas.

Así, en concreto, entre enero y octubre de 2006 el ex regidor gastó en su propio beneficio un total de 28.468 euros en el local de masajes Casa Alfredo a través de 81 cargos a la tarjeta, ninguno de los cuales superó los 4.000 euros, y girando la facturación a nombre de Alfredo Gómez, propietario del local.

Asimismo, en noviembre de ese año realizó otros seis cargos por 1.330 euros en el mismo establecimiento, bajo el nombre del encargado del local Deyan Delchev. La resolución judicial señala que también en Casa Alfredo el condenado gastó 20.349 euros mediante 37 cargos, girando la facturación a nombre de Lavandería Miele, ninguno tampoco mayor a 4.000 euros. Mientras tanto, en el local de alterne Prometeo abonó 880 euros, así como 350 en la sauna Sabiniano Gómez Serrano, y 1.825 euros en el Hotel Barceló-Albatros.