MADRID 29 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha condenado al Estado a indemnizar con 9.000 euros por daños y perjuicios a un hombre que permaneció entre diciembre de 1996 y julio de 1997 en prisión provisional hasta que en el juicio se le retiró la acusación por un delito contra la salud pública. El alto tribunal entiende que procede fijar una indemnización por anormal funcionamiento de la Justicia.
El hombre ahora indemnizado ingresó en prisión el 24 de diciembre de 1996 después de que la policía hallase estupefacientes en su vehículo. El Ministerio Fiscal le retiró en el juicio, celebrado el 15 de julio de 1997, la acusación y, al no haber imputación, abandonó la prisión.
En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo considera adecuado fijar los 9.000 euros por los días que pasó en prisión, según la jurisprudencia de esta Sala en función de la edad, los hechos imputados, las circunstancias personales y familiares, la rehabilitación de la honorabilidad perdida y el estado de salud.
De esta manera, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el entonces acusado contra la decisión del Ministerio de Justicia, confirmada por la Audiencia Nacional, de denegarle en junio de 2003 una compensación económica por funcionamiento anormal de la Administración de la Justicia por el tiempo que estuvo en prisión.
En su recurso, el acusado solicitaba como indemnización 60.121,21 euros por los días que permaneció encerrado, 12.020,99 euros por los ingresos que no obtuvo por trabajar, así como 48.080,99 por gastos de procedimiento que le originó su defensa.
El Supremo rechaza su pretensión de ser indemnizado por los ingresos que dejó de obtener, al no quedar acreditado que hubiera perdido el trabajo durante el tiempo que estuvo en la cárcel. También se opone a pagarle por los gastos de su abogado, puesto que la sentencia de instancia declaró de oficio las costas.